Empleador despide al empleado por su incapacidad absoluta (art. 212, párr. 4, ley 744)

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EMPLEADOR DESPIDE AL EMPLEADO POR SU INCAPACIDAD ABSOLUTA (ART. 212, PÁRR. 4º, LEY 744) Atento la certificación de vuestra incapacidad total y absoluta para reanudar tareas normales, le notificamos que consideramos resuelto contrato de trabajo. Ponemos los haberes a indemnización del artículo 245 de ley 744 a vuestra disposición. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. …(lugar, fecha, nombre o razón social de la empresa o sociedad remitente, nombre y apellido del firmante y cargo, tipo de documento de identidad, número y firma) 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU138718