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DECRETO 1104/2000

SEMILLAS

Instituto Nacional de Semillas. Disolución. Transferencias de recursos humanos, materiales y financieros. Cese del directorio

del 24/11/2000; publ. 28/11/2000

Visto lo establecido por las leyes 20247 y 25237 , los decretos 2183 del 21 de octubre de 1991 y sus modificatorios, 2817 del 30 de diciembre de 1991 y la decisión administrativa 489 del 19 de diciembre de 1996, y

Considerando:

Que el Gobierno nacional ha emprendido una labor sistemática de reforma y modernización del sector público nacional.

Que en ese orden de ideas resulta necesario replantear la organización de determinados organismos que forman parte integrante de la administración descentralizada, tendiendo a concentrar y centralizar sus funciones.

Que asimismo con igual propósito y a propuesta de la Jefatura de Gabinete de Ministros se considera conveniente incorporar a la administración central aquellos organismos descentralizados cuyos objetivos, responsabilidades primarias y acciones pueden ser asumidos por áreas de aquella que desarrollan temáticas compatibles.

Que tal es el caso del Instituto Nacional de Semillas (Inase) cuyos cometidos pueden encomendarse a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía.

Que a tal efecto resulta procedente contemplar la disolución del citado organismo, así como la correspondiente transferencia de la totalidad de los recursos a él asignados, a su nuevo destino institucional y el cese de los integrantes del directorio del mencionado ente.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía.

Que la presente medida se dicta en función de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional y los arts. 14 y 26 de la ley 25237.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Disuélvese el Instituto Nacional de Semillas (Inase) organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía.

Art. 2.– Transfiérese a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto Nacional de Semillas (Inase). El personal involucrado mantendrá sus actuales niveles y grados de revista.

Art. 3.– Dispónese el cese en sus funciones a partir de la publicación del presente decreto, de los integrantes del directorio del ente disuelto por el art. 1 de la presente medida.

Art. 4.– Establécese que las competencias y funciones previstas en el decreto 2817 del 30 de diciembre de 1991, para el referido instituto serán ejercidas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía.

Art. 5.– Establécese que antes del 31 de diciembre del presente año el Ministerio de Economía deberá elevar a la consideración y firma del Poder Ejecutivo nacional la propuesta que contemple las modificaciones estructurales y orgánico-funcionales que se originen como consecuencia de las medidas que aquí se adoptan.

Art. 6.– Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida será atendida con los créditos asignados para tal fin a la jurisdicción 50 – Entidad 614.

Art. 7.– Derógase la decisión administrativa 489 del 19 de diciembre de 1996.

Art. 8.– Comuníquese, etc.

De la Rúa – Colombo – Machinea

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85035