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DECRETO 1560/1996
OBRAS SOCIALES
Opción de cambio por parte de los beneficiarios. Ratificación
del 19/12/1996; publ. 24/12/1996
Visto la resolución del Ministerio de Salud y Acción Social 633 del 18 de diciembre de 1996, y
Considerando:
Que por la citada resolución se aprobaron diversas pautas para efectuar la opción de cambio entre las obras sociales sindicales por parte de los beneficiarios, preservando los derechos y obligaciones de los afiliados y de las obras sociales como agentes del seguro de salud.
Que resulta procedente sanear el dictado de la resolución precitada.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional y en virtud de lo establecido en el art. 19 inc. a) de la ley 19549.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Ratifícase la resolución del Ministerio de Salud y Acción Social 633 del 18 de diciembre de 1996, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Menem Rodríguez Mazza
Nota: La resolución que forma parte integrante del presente decreto fue publicada en la edición del 19/12/1996.
Cita digital del documento: ID_INFOJU86244