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Decreto 1702/2004

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Dase por designados, con carácter transitorio, Director de Asistencia Normativa y Coordinador de Asuntos Técnicos.

Bs.As., 2/12/2004
VISTO la Ley Nº 25.827, los Decretos Nº 624 del 21 de agosto de 2003, sus modificatorios y complementarios, Nº 206 del 19 de febrero de 2004, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y las Resoluciones Conjuntas SGP y SH Nº 7 del 3 de febrero de 2004 y Nº 51 del 4 de agosto de 2004, y CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2004, estableciendo en su artículo 7º que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de dicha Ley.

Que por el Decreto Nº 624/03 se aprobó la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y mediante el Decreto 206/04 las aperturas de segundo nivel operativo correspondiente, entre otras, a la DIRECCION DE ASISTENCIA NORMATIVA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL de la citada Jurisdicción.

Que por el artículo 2º de la Resolución JGM Nº 20 del 22 de enero de 2004 se aprobaron en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS distintas Coordinaciones entre las cuales se encuentra la COORDINACION DE ASUNTOS TECNICOS con dependencia directa de la Dirección General citada en el considerando precedente.

Que en la Jurisdicción mencionada se encuentran vacantes los cargos de los titulares de la Dirección y Coordinación citadas en los considerandos 2º y 3º de esta medida, y que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a dichas unidades resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolas a tal efecto de las previsiones establecidas en el artículo 7º de la Ley 25.827 y lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y por el artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

Que mediante las Resoluciones Conjuntas SH SGP Nº 51/04 y 7/04 se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el nivel de Ponderación correspondiente de la DIRECCION DE ASISTENCIA NORMATIVA y la COORDINACION DE ASUNTOS TECNICOS, respectivamente.

Que los agentes propuestos han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de noviembre de 2004, por lo que procede designarlos con efectos a esa fecha.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.

Que el personal involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02, habiéndose dado cumplimiento oportunamente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designados con carácter transitorio, a partir del 1º de noviembre de 2004 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, al personal nominado en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida y de acuerdo al detalle obrante en la misma.Las designaciones que se propician se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) y a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 25.827.

ARTICULO 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA —Decreto Nº 993/91 (T.O.1995)— en el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la designación.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU77456