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DECRETO 379/1995

COMISIONES

Comisión de Lucha contra el Hambre y la Pobreza. Denominación. Modificación

del 28/8/1995; publ. 31/8/1995

Visto los decretos 1131/1994 , 1132/1994 , 1494/1994 y 1040/1995 , respectivamente, y

Considerando:

Que el nombre actual de la Comisión de Lucha contra el Hambre y la Pobreza presenta matices anfibológicos por cuanto no resulta autosuficiente en orden a la explicitación del cometido esencial del organismo y de su proyección internacional.

Que, por otra parte, la presente denominación induce a una equívoca afinidad con organismos locales de acción social.

Que los alcances de la “Iniciativa cascos blancos” no se restringen a la lucha contra el hambre y la pobreza únicamente, sino que se extienden a otros aspectos comprendidos en el concepto de la “emergencia humanitaria”.

Que la expresión “Comisión Cascos Blancos” se utiliza tanto dentro de la administración pública, como en ambientes periodísticos, empresarios, académicos, sociales y religiosos; siendo que, describe en apenas tres palabras, con precisión y fuerza gráfica, la esencia del organismo.

Que asimismo en el ámbito internacional es de uso oficial y corriente la denominación antes aludida.

Que el presente se dicta en el marco del art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Modifícanse los decretos 1131/1994 , 1132/1994 , 1494/1994 y 1040/1995 sustituyendo en su parte pertinente la denominación “Comisión de Lucha contra el Hambre y la Pobreza” por la de “Comisión Cascos Blancos”.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – Corach

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88386