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DECRETO 1633/1984

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

INFORMÁTICA

Secretaría de Ciencia y Técnica. Actividades concurrentes a la atención de necesidades del Sector Público en materia de informática. Regulación y supervisión. Funciones. Transferencia

del 04/06/1984; publ. 07/06/1984

Visto el decreto 897 de fecha 23 de marzo de 1984, por el cual se transfirió a la Subsecretaría de Informática y Desarrollo de la Secretaría de Ciencia y Técnica del Ministerio de Educación y Justicia las misiones y funciones que corresponden a la ex Subsecretaría de Informática de la ex Secretaría de Planeamiento, y

Considerando:

Que el decreto 3218 de fecha 23 de marzo de 1984, transfirió a la ex Secretaría de Planeamiento las atribuciones previstas en los decretos 9477/1967 y 3946/1968 , por lo cual pasó a ser función de la misma entender en la regulación, supervisión y auditoría general de todas las actividades concurrentes a la atención de las necesidades del Sector Público en materia de informática.

Que al haberse asignado a la mencionada Subsecretaría de Informática y Desarrollo las misiones y funciones de la aludida ex Subsecretaría de Informática, resulta procedente, en razón de la materia, transferir a la Secretaría de Ciencia y Técnica la referida función de la ex Secretaría de Planeamiento.

Que las facultades para el dictado del presente decreto emanan de los arts. 33 y 36 de la Ley de Ministerios TO 1983.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina, decreta:

Art. 1.– Transfiérese a la Secretaría de Ciencia y Técnica del Ministerio de Educación y Justicia la función de entender en la regulación, supervisión y auditoría general de todas las actividades concurrentes a la atención de las necesidades del Sector Público en materia de informática que correspondía a la ex Secretaría de Planeamiento.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Alfonsín – Alconada Aramburú

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU86403