Legislación nacional

Tiempo estimado de lectura 2 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

Decreto 971/2005

MINISTERIO DE DEFENSA
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Recházase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por un ex agente contra la Resolución Nº 266/2002 del citado Ministerio.

Bs.As., 17/8/2005
VISTO el Expediente Ministerio de Defensa N° 16.270/01CIJ N° 7927/01, y CONSIDERANDO:

Que el ex Agente de la DIRECCION GENERAL DE PLANES Y CONVENIOS del MINISTERIO DE DEFENSA Don Adolfo Jesús ASTINZA (L.E.N° 4.629.265) interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Resolución del Ministerio de Defensa N° 266, de fecha 3 de abril de 2002, por la cual se declaró cesante al mismo.

Que desde lo formal el recurso en análisis fue interpuesto en el término previsto por el artículo 40 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O.1991 (cfr.ARTICULO 3° del Decreto N° 1883/91).

Que el recurso de reconsideración fue oportunamente rechazado por la Resolución M.D.N° 301 de fecha 28 de marzo de 2003, por lo que corresponde, en esta instancia, tramitar el recurso jerárquico en subsidio.

Que el recurrente percibe una jubilación de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

Que la resolución impugnada por el recurso declaró cesante al causante en razón de que el mismo estaba incurso en las incompatibilidades establecidas por el Decreto 894 de fecha 11 de julio de 2001.

Que este contexto normativo dispuso en su artículo 1° que el desempeño de una función o cargo remunerado o prestación contractual con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad en la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, es incompatible con la percepción de un beneficio previsional o haber de retiro proveniente de cualquier régimen de previsión nacional, provincial o municipal.

Que la contundencia de la norma citada en último término permite afirmar que la situación del reclamante se encuentra incluida en el régimen de incompatibilidades actualmente vigentes.

Que la doctrina de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION señala que puesto que la norma citada en último término es antagónica con el texto de un decreto anterior, deberá estarse a la subsistencia de la norma posterior de igual jerarquía.

Que ha tomado intervención la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA y la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O.1991), y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Recházase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el ex agente Adolfo Jesús ASTINZA (L.E.N° 4.629.265) contra la Resolución del Ministerio de Defensa N° 266/02.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— José J.B.Pampuro.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76329