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LEY 21113
TELECOMUNICACIONES
BUQUES
Radiotelegramas emitidos por buques de todas las banderas. Finalidad. Salidas, cambios de posición o emergencias. Tasa. Eximición
sanc. 30/9/1975; promul. 16/10/1975; publ. 23/10/1975
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.– Exímese de la tasa que les hubiera correspondido abonar a los radiotelegramas emitidos por los buques de todas las banderas en navegación, en zona del Atlántico Sur, con destino a las estaciones costeras de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos -Encotel-, y que tengan por finalidad avisar al Centro Amver su salida de puerto, cambio de posición o emergencias.
Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.
García – Sánchez Toranzo – Caressi – Lavia
Cita digital del documento: ID_INFOJU82547