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DECRETO 2419/1984

MERCADOS

Se deja sin efecto la intervención sobre determinados mercados

del 7/8/1984; publ. 8/8/1984

Visto la ley 19227 , los decretos 3872 del 14 de septiembre de 1971, 187 del 9 de junio de 1973, 146 del 24 de julio de 1973 y 2425 del 16 de septiembre de 1983, y

Considerando:

Que en las actuales circunstancias se encuentra encaminada la racionalización del comercio frutihortícola.

Que las medidas adoptadas oportunamente a través de los decretos 187 del 9 de junio de 1973 y 146 del 24 de julio de 1973 han cumplido sus objetivos.

Que resulta por lo tanto aconsejable desafectar del servicio público los mercados que están aún bajo el régimen de los mencionados decretos.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Exclúyese de la incorporación al servicio público, dispuesto por los decretos 187 y 146 del 9 de junio de 1973 y 24 de julio de 1973 respectivamente, a los mercados: Abasto Proveedor, Saldías, Ciudad de Buenos Aires, Liniers, Vélez Sarsfield, General San Martín (Frigomer S.A.), Abasto de Morón, Abasto Ricci (Morón), Abasto Lomas del Mirador (Frigomer S.A.) (Partido la Matanza), Abasto Quilmes, Abasto Turdera (Lomas de Zamora), Abasto Gran Norte (Béccar – San Isidro) y Ciudadela (3 de Febrero).

Art. 2.– Déjase sin efecto la intervención dispuesta por los decretos 187 del 9 de junio de 1973 y 146 del 24 de julio de 1973 para los mencionados mercados.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Alfonsín – Grinspun

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU87467