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DECRETO 795/1997

ASIGNACIONES FAMILIARES

Asignaciones por Hijos

Asignación por hijo, para trabajadores en relación de dependencia, que se desempeñen en las provincias del Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Incremento

del 14/8/1997; publ. 20/8/1997

Visto la ley 24714 que establece un nuevo régimen de asignaciones familiares, y

Considerando:

Que el art. 19 de la mencionada ley faculta al Poder Ejecutivo nacional a establecer coeficientes zonales o montos diferenciales de acuerdo al desarrollo, índices de costo de vida, y situación económico-social de las distintas áreas.

Que en el marco de dichas atribuciones se dictó el decreto 1245 de fecha 1 de noviembre de 1996 por el cual se confirió un tratamiento especial a los trabajadores en relación de dependencia radicados en provincias donde regían montos diferenciales.

Que la experiencia recogida desde la vigencia de las respectivas cuantías ha revelado la necesidad de instrumentar políticas tendientes a lograr una mejor redistribución de los recursos a través del aumento de la asignación por hijo que se abona en las provincias del Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que, asimismo, corresponde salvar un error material que se deslizó al consignarse el monto de la asignación por ayuda escolar anual correspondiente al Departamento General San Martín de la provincia de Salta, en el anexo del citado decreto 1245/1996 .

Que la decisión que se adopta encuadra en las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional, y en el art. 19 de la ley 24714.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Increméntase a la suma de pesos ochenta y seis ($ 86) la asignación por hijo que corresponda abonar a los trabajadores en relación de dependencia que se desempeñen en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, comprendidos en el rango remuneratorio de hasta pesos quinientos con noventa y nueve centavos ($ 500,99). Dicho importe regirá desde el 1 de julio de 1997.

Art. 2.– Fíjase en la suma de pesos quinientos veinte ($ 520) la asignación por ayuda escolar anual que corresponda abonar a los trabajadores en relación de dependencia que se desempeñen en el Departamento General San Martín de la provincia de Salta. Dicho importe regirá desde la vigencia del decreto 1245 de fecha 1 de noviembre de 1996.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Caro Figueroa

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU89778