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Decreto 559/2005

SECRETARIA DE CULTURA
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Dase por designada Auditora Interna de la citada Secretaría.

Bs.As., 1/6/2005
VISTO el expediente Nº 976/05 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la Ley Nº 25.967, y CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el expediente de referencia, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la designación de la Contadora Pública Nacional Lidia Isabel GETINO como Auditora Interna de dicho organismo.

Que, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción, resulta indispensable acceder a lo requerido.

Que la mencionada profesional reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para ser designada como responsable de la Auditora Interna de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, por su parte, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha hecho saber que la mencionada profesional se ajusta al perfil que la misma ha pautado para el desempeño de dicho cargo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nº 971/93.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designada, a partir del 1º de marzo de 2005, Auditora Interna de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la Contadora Pública Nacional Lidia Isabel GETINO (L.C.Nº 5.498.107).

ARTICULO 2º — Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento del cargo consignado en el artículo precedente.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 2014 SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU75985