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Decreto 939/2005
VICEPRESIDENCIA DE LA NACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Convalídanse desplazamientos de funcionarios a la Ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay.
Bs.As., 4/8/2005
VISTO el Expediente N° 00101000.026/2005 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:
Que el Principal Pedro Raúl SARNI (D.N.I.N° 17.107.200) y el Sargento Alejandro Miguel SOÑORA (D.N.I.N° 11.957.298), ambos de la División CUSTODIA VICEPRESIDENTE Y PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION fueron comisionados a la Ciudad de PUNTA DEL ESTE, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, entre los días 23 de diciembre de 2004 y 9 de enero de 2005, a fin de brindar custodia al señor Vicepresidente de la Nación Argentina Daniel Osvaldo SCIOLI.
Que en atención a la urgencia con la que debió cumplirse la referida comisión no se contó con el tiempo suficiente para realizar la normal gestión administrativa, razón por la cual corresponde la convalidación del desplazamiento al citado país de los mencionados funcionarios.
Que el costo del desplazamiento fue asumido en su totalidad por el Honorable Senado de la Nación.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Convalídase el desplazamiento del Principal Pedro Raúl SARNI (D.N.I.N° 17.107.200) y del Sargento Alejandro Miguel SOÑORA (D.N.I.N° 11.957.298) a la Ciudad de PUNTA DEL ESTE, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, por el término de DIECIOCHO (18) días, incluido el tiempo de viaje, entre el 23 de diciembre de 2004 y el 9 de enero de 2005.
ARTICULO 2° El Honorable Senado de la Nación se hizo cargo de los gastos de viáticos, pasajes y cobertura médica de los nombrados funcionarios.
ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Aníbal D.Fernández. Rafael A.Bielsa.
Cita digital del documento: ID_INFOJU76298