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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decreto 2710/2012

Apruébase estructura organizativa de primer nivel operativo.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 216320/2012 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, aprobado por la Ley Nº 26.728 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2012, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Nº 1576 de fecha 30 de diciembre de 1998, sus modificatorios y complementarios y Nº 1198 de fecha 17 de julio de 2012; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en Jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que a través del Decreto Nº 1576 del 30 de diciembre de 1998, sus modificatorios y complementarios, se aprobó la estructura organizativa del Organismo.

Que el Decreto Nº 1198 del 17 de julio de 2012 dispuso la absorción de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES dentro la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a efectos de asegurar un contexto de mayor control y cumplimiento de las funciones esenciales del Estado.

Que, en consecuencia, corresponde incorporar a las competencias de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD las acciones específicas del organismo absorbido, así como crear las unidades organizativas que las llevarán a cabo.

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de la citada norma legal.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional – Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD, para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, las que forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 3° — Establécese que el Gerente General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 4° — Establécese que el Defensor del Usuario de Servicios de Salud y que los Gerentes de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, tendrán rango y jerarquía de Director Nacional, Nivel A, Grado 9, Función Ejecutiva Nivel I del SINEP.

Art. 5° — Establécese que el Secretario General y el Coordinador Operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, tendrán una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I y Nivel II del SINEP, respectivamente.

(Artículo sustituido por art. 2° del Decreto N° 264/2013 B.O. 13/3/2013)

Art. 6° — Facúltase al Titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a aprobar CUARENTA (40) cargos de conducción en el ámbito de dicho organismo, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 7° — Facúltase al Titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a aprobar y modificar, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Anexo de Dotación, de conformidad con las sucesivas leyes de Presupuesto.

Art. 8° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles y grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 9° — Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.

Art. 10. — Deróganse los artículos 6° y 7° del Decreto Nº 405 de fecha 13 de abril de 1998.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

PRESUPUESTO 2012

JURISDICCION 80 – MINISTERIO DE SALUD

ENTIDAD 913 – ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

PROGRAMA 63 – ASISTENCIA FINANCIERA A AGENTES DEL SEGURO DE SALUD


PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

PRESUPUESTO 2012

JURISDICCION 80 – MINISTERIO DE SALUD

ENTIDAD 914 – SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

PROGRAMA 50 – REGULACION Y CONTROL DEL SISTEMA DE SALUD

ACTIVIDAD 01


ANEXO I


ANEXO II

MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

OBJETIVOS

1. Regular y supervisar los Servicios de Salud, con el objeto deasegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción,preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando elequilibrio entre usuarios, prestadores y financiadores, en condicionesde libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidadsocial.

2. Dictar las normas para reglamentar las modalidades deldesenvolvimiento de las actividades de regulación y control delOrganismo.

3. Controlar el funcionamiento del Sistema de Salud integrado por losAgentes del Seguro de Salud, de las Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones, de losprestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora ofinanciadora de prestaciones médico-asistenciales.

4. Aprobar las solicitudes de propuestas de ingreso al Sistema de Saludde las entidades que así lo soliciten y promover la intervención de lasmismas para asegurar la continuidad y normalización de las prestacionesde salud.

5. Aprobar el Programa de Prestaciones Médicas.

6. Aprobar el presupuesto de gastos y recursos del organismo para su ejecución.

7. Negociar los convenios colectivos de trabajo.

8. Asegurar y controlar la libertad de elección de obras sociales delos beneficiarios del sistema, así como garantizar su acceso efectivo.

9. Realizar, una vez al año, la rendición de lo actuado por el organismo en Audiencia Pública.

10. Efectuar el contralor del cumplimiento de las obligaciones éticascorrespondientes al organismo y a todos sus dependientes y desarrollarmecanismos de control y procesos contra fraude y corrupción.

11. Verificar la eficiencia y eficacia en la ejecución del PlanEstratégico de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y los planesoperativos anuales, y desarrollar las medidas correctivas paraoptimizar los resultados esperados.

12. Implementar, reglamentar y administrar los recursos provenientesdel Fondo Solidario de Redistribución, dirigiendo todo su accionar alfortalecimiento cabal de la atención de la salud de los beneficiariosdel Sistema Nacional del Seguro de Salud, destinando todos los recursosdisponibles para la cobertura de subsidios por reintegros porprestaciones de alto impacto económico y que demanden una coberturaprolongada en el tiempo, a fin de asegurar el otorgamiento deprestaciones de salud igualitarias, garantizando a los beneficiarios laobtención del mismo tipo y nivel de prestaciones.

13. Desarrollar e implementar Programas de Prevención de patologías dealto impacto económico y de aquellas que demanden una atenciónprolongada en el tiempo, y de Promoción de la Salud para losbeneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

CONSEJO ASESOR Ley Nº 23.661 – Art. 14.

OBJETIVOS:

1. Contribuir al Planeamiento Estratégico del Organismo y asesorar entodas las cuestiones que le sean sometidas a consideración por elSuperintendente y que hagan a la mejor regulación y control del sistema.

2. Constituir un canal idóneo de vinculación con los actores del sistema.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

DEFENSORIA DEL USUARIO DE SERVICIOS DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a los beneficiarios y/o afiliados de los Agentes del Seguro deSalud, de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales,Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud, en aquellascuestiones atinentes a sus reclamos, en el marco del procedimientoprevisto por la normativa vigente.

ACCIONES:

1. Representar a los beneficiarios y/o afiliados del Sistema de Saluden sede administrativa o judicial una vez agotado el procedimientoprevisto por la normativa vigente y ante una orden emitida por elSuperintendente de Servicios de Salud por vía de un acto administrativo.

2. Representar a los beneficiarios y/o afiliados de manera individual o colectiva.

3. Coordinar los reclamos que formulen los beneficiarios y/o afiliadosde las referidas entidades del sistema de salud ante el Defensor delPueblo de la Nación o ante el Defensor del Pueblo de las jurisdiccioneslocales que prevean su existencia.

4. Entender en el correcto ejercicio de los derechos de los pacientesreconocidos por la Ley Nº 26.529 modificada por la Ley Nº 26.742 en surelación con los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

5. Coordinar acciones en defensa de los derechos de los usuarios conlas asociaciones de consumidores, organizaciones no gubernamentales yla Subsecretaría de Defensa del Consumidor dependiente de la Secretaríade Comercio Interior del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

6. Atender la presentación de reclamos y recursos en SedeAdministrativa por parte de los afiliados y beneficiarios del Sistemade Salud.

7. Promover un ámbito de conciliación y mediación entre los afiliados ylas entidades del Sistema de Salud, posibilitando la resoluciónalternativa de conflictos de forma voluntaria, extrajudicial yconfidencial.

8. Llevar adelante los planes, programas y proyectos de capacitación delos afiliados y beneficiarios, como así también, de los Agentes delSeguro de Salud, de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas,Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud yDefensorías.

9. Coordinar con la Subgerencia de Delegaciones las acciones en lasdistintas jurisdicciones para garantizar el acceso al derecho de saludde los beneficiarios y afiliados.

10. Solicitar informes necesarios a las áreas correspondientes de losdistintos poderes del Estado a nivel nacional y provincial, en elámbito de su competencia.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar las funciones que la Ley Nº 24.156 de AdministraciónFinanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacionalprescriben, consistentes en la ejecución de exámenes posteriores yevaluaciones de las actividades de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD, utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manerade asegurar el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía.

Examinar, investigar y evaluar las actividades de toda la organización,identificar irregularidades o errores y desarrollar recomendaciones demejora y efectuar su seguimiento.

ACCIONES:

1. Elaborar el Plan General de la Auditoría Interna a desarrollarse en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

2. Elevar el Plan Anual de Auditoría Interna.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por el Superintendente.

4. Realizar planes de auditoría que comprendan todas las áreas de laorganización, coordinar su ejecución y verificar su cumplimiento.

5. Producir informes de auditoría y, en su caso, formular las recomendaciones y las observaciones que correspondan.

6. Informar sobre los temas que el Superintendente y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requieran.

7. Realizar investigaciones especiales a partir de pedidos delSuperintendente o de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION paraidentificar responsables de corrupción o fraude, conformando pruebasque sirvan para poder aplicar sanciones.

8. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción secumplen los principios contables y niveles presupuestarios de lanormativa legal vigente.

9. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

SECRETARIA GENERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la tramitación administrativa de las áreas del organismo deacuerdo con las decisiones del Superintendente y supervisar sucumplimiento.

ACCIONES:

1. Recibir, procesar, y despachar en tiempo y forma las presentacionesefectuadas o generadas por ante o desde el organismo, así como elaborary despachar las resoluciones e informes, entendiendo en todas lastramitaciones y actuaciones.

2. Analizar toda aquella documentación relacionada con el despachosometido a la firma del Superintendente y todos los asuntos que seeleven a su consideración, coordinando el apoyo técnico inmediato alSuperintendente.

3. Recibir, registrar y distribuir todas las actuaciones, expedientes y correspondencia.

4. Mantener un registro actualizado de los dictámenes de alcancegeneral conformados por el Superintendente, emitiendo los listadoscorrespondientes para su distribución en toda la organización.

5. Centralizar el fondo bibliográfico y documental del organismo.

6. Efectuar la protocolización de todos los actos administrativosdictados por el Superintendente y mantener un registro actualizado detodas las resoluciones emanadas del organismo.

7. Efectuar la recepción y despacho de la documentación administrativadirigida a/o proveniente de otras jurisdicciones, como así también departiculares.

8. Realizar el archivo de la documentación administrativa, con excepción de la documentación de carácter interno de cada área.

9. Coordinar la planificación global del sistema de gestión de trámites.

10. Determinar para cada expediente y/o trámite administrativo launidad organizativa (o las unidades) que tendrá intervención directa enel mismo.

11. Mantener un registro actualizado de los expedientes y normalizar la gestión de los trámites administrativos.

12. Asegurar el seguimiento y localización de los expedientes y trámites administrativos de la organización.

13. Asegurar el cumplimiento de los plazos procesales.

14. Evacuar las consultas que se formulen a la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD y en su caso indicar el área con competenciaespecífica ante la cual tramitará la actuación a ser presentada.

15. Diligenciar los pedidos de informes requeridos por los Poderes delESTADO NACIONAL, las Provincias, los Municipios y organizaciones nogubernamentales reconocidas a las áreas respectivas para proceder a sucontestación.

16. Proporcionar a los interesados la información sobre el estado enque se encuentran las actuaciones presentadas con anterioridad.

17. Efectuar la difusión de toda resolución aprobada por el Superintendente a quienes corresponda.

18. Difundir internamente y hacia la opinión pública las accionesadoptadas por todas las gerencias de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOSDE SALUD.

19. Supervisar los servicios de seguridad de la Superintendencia.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

COORDINACION OPERATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar las tareas de asesoramiento, asistencia técnica y asistencia operativa del Superintendente.

ACCIONES:

1. Supervisar el asesoramiento y la asistencia técnica al Superintendente.

2. Coordinar con la SECRETARIA GENERAL el despacho y la firma del Superintendente.

3. Supervisar la atención de las solicitudes de entrevistas y reunionesque se le soliciten al Superintendente y coordinar su agenda.

4. Organizar y Supervisar el desarrollo de las actividades de laCoordinación Operativa y coordinar las tareas del personal operativoafectado a ella, a las comunicaciones telefónicas y al transporte delSuperintendente.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA GENERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Superintendente en la conducción y ejecución de la gestióndel organismo, coordinando y evaluando las acciones a cargo de lasdistintas Gerencias y Subgerencias hacia la consecución de losobjetivos y metas establecidos, con celeridad, economía, eficiencia yeficacia.

ACCIONES:

1. Orientar y articular la gestión del organismo conforme a loslineamientos políticos y estratégicos aprobados por el Superintendente,mediante la interacción directa con las Gerencias y Subgerencias.

2. Propiciar y guiar la planificación estratégica del organismo,incluyendo la elaboración, revisión y/o actualización de su plan, laformulación de presupuestos plurianuales y todo otro aspecto designificación estratégica, para su aprobación por el Superintendente.

3. Diseñar el sistema de seguimiento de los resultados de la gestión de las Gerencias y ejecutar su monitoreo.

4. Convocar y reunir periódica y regularmente a los responsables de lasdistintas áreas y funcionarios que en cada caso se designen.

5. Dirigir la coordinación y control de las liquidacionesadministrativas de los Agentes del Seguro de Salud, Empresas deMedicina Prepaga y demás entidades prestadoras que se encuentren enproceso de liquidación.

6. Disponer los requerimientos de información a ser producida por lasdistintas áreas para su posterior integración y producción deconocimiento por la Gerencia de Gestión Estratégica.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA GENERAL

SUBGERENCIA DE ASISTENCIA TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Gerente General en los aspectos técnicos de gestión de lasactuaciones administrativas, asegurando su encuadre a las normaslegales y reglamentarias.

ACCIONES:

1. Entender en la revisión de la documentación remitida a consideración del Gerente General.

2. Coordinar la información requerida por la GERENCIA GENERAL a lasdistintas Gerencias, así como a otras áreas, elevando los informesrespectivos para la toma de conocimiento.

3. Supervisar la gestión de recepción, clasificación y registro de losdocumentos e información que ingresan a la GERENCIA GENERAL.

4. Intervenir en el asesoramiento de los aspectos técnicos yadministrativos de toda documentación que emita la GERENCIA GENERAL.

5. Analizar y evaluar los proyectos relacionados con propuestas dereestructuración de los procedimientos, reglamentos o disposicionesgenerales, coordinando acciones, pautas y criterios con las áreascompetentes, para su elevación a la GERENCIA GENERAL.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA GENERAL

SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar e implementar la política de recursos humanos de acuerdo conlas normas que regulan la administración de personal, su carreraadministrativa, su capacitación y promoción, las relaciones laborales yel servicio de medicina del trabajo. Dirigir las acciones de análisis,planeamiento, diseño organizacional y elaborar los perfiles deconocimientos, capacidades y habilidades requeridos para cada puesto detrabajo.

ACCIONES:

1. Elaborar los perfiles de conocimientos, capacidades y habilidadesrequeridos para cada puesto de trabajo y mantenerlos actualizados.

2. Evaluar las necesidades de incorporación de personal al organismo.

3. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación del desempeño y de potencial

4. Controlar y promover la asistencia y puntualidad del personal.

5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración de personal.

6. Coordinar la prestación del servicio médico del Organismo.

7. Identificar necesidades de formación, diseñar e implementar cursos de capacitación.

8. Formular las políticas para la promoción y jerarquización permanente de los recursos humanos.

9. Custodiar y mantener actualizados los legajos únicos del personal y las bases de datos correspondientes.

10. Realizar el análisis de procesos, el planeamiento y diseño organizacional del Organismo.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar y administrar las bases de datos, el equipamiento y laprestación de los servicios informáticos y de comunicaciones de voz ydatos en todo el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ACCIONES:

1. Diseñar, implantar y coordinar el Plan de Sistemas de Información.

2. Formular la política tecnológica del organismo de acuerdo con la visión estratégica de la Superintendencia.

3. Diseñar, crear, administrar y mantener actualizadas las bases dedatos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en cooperación ycoordinación con las áreas internas y con las entidades externasrelacionadas con el funcionamiento del organismo y con sus necesidadesde información.

4. Solicitar y brindar a las entidades externas relacionadas con elfuncionamiento de la organización, los medios necesarios para obtener ymantener actualizadas las bases de datos de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD.

5. Desarrollar, implementar e integrar las tecnologías que permitansatisfacer los requerimientos de los clientes internos en materias decomunicación y de sistemas informáticos de acuerdo a las necesidades dela Superintendencia.

6. Asegurar la adecuación permanente entre la demanda de soluciones tecnológicas y su oferta en el mercado informático.

7. Proponer servicios de comunicaciones de voz, datos e imágenes,utilizando las tecnologías más apropiadas para el cumplimiento de losniveles de eficacia requeridos por las áreas usuarias.

8. Asegurar la definición y el cumplimiento de los estándares deseguridad lógica en el ámbito de la red informática de laSuperintendencia y de seguridad física en el área de Informática.

9. Asesorar a las autoridades del organismo en todos aquellos aspectosreferentes a la utilización de las tecnologías de información.

10. Proponer y participar en el diseño de los sistemas informáticos específicos del organismo.

11. Entender en la incorporación y mantenimiento del equipamiento informático y comunicacional.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE DELEGACIONES Y DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Impulsar todas las acciones tendientes a la integración de losdistintos Sistemas de Servicios de Salud existentes en la REPUBLICAARGENTINA y supervisar el funcionamiento de las Delegaciones de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en el interior del país.

ACCIONES:

1. Diseñar y ejecutar las políticas necesarias para la integración,coordinación y cooperación entre las distintas entidades yjurisdicciones de los Sistemas de Servicios de Salud de acuerdo con loslineamientos que establezca la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

2. Supervisar el funcionamiento de las Delegaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en el interior del país.

3. Coordinar políticas, campañas y actividades con los organismoscompetentes de los Sistemas de Servicios de Salud distintos al amparadopor las Leyes Nros. 23.660 y 23.661 de acuerdo con los lineamientos dela SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

4. Investigar, elaborar y proponer a la superioridad, estrategias decooperación y normativas para lograr una creciente integración, mejorarla eficacia y la eficiencia, evitar la duplicidad e incrementar lascoberturas garantizadas de los distintos Sistemas de Servicios de Saludactuando en forma coordinada.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE DELEGACIONES Y DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

SUBGERENCIA DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Gerente en la sistematización y organización de las tareastendientes a la integración de los distintos Sistemas de Servicios deSalud existentes en la REPUBLICA ARGENTINA.

ACCIONES:

1. Coordinar y organizar las distintas actividades ordenadas por la Gerencia.

2. Comunicar, convocar, reunir periódicamente y coordinar con lasentidades y jurisdicciones de los diferentes Sistemas de Servicios deSalud con el objeto de acordar propuestas y proyectos a realizar enforma conjunta y dirigida a lograr la integración de los mismos.

3. Relevar las características, investigar y sistematizar lainformación disponible sobre los distintos Sistemas de Servicios deSalud existentes y su desempeño en cada jurisdicción y proponeriniciativas y estrategias para su creciente integración.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE DELEGACIONES Y DE ARTICULACION DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA DE SALUD

SUBGERENCIA DE DELEGACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar y apoyar el funcionamiento de las Delegaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en el interior del país.

ACCIONES:

1. Mantener la comunicación permanente con las Delegaciones del organismo en el interior del país.

2. Recibir las presentaciones y reclamos que efectúen losbeneficiarios, los Agentes del Seguro de Salud, las Empresas deMedicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones del sistema de salud en las Delegaciones de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en el interior del país.

3. Coordinar las auditorías que deba realizar la Superintendencia, dentro del ámbito de su jurisdicción.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar los sistemas administrativos y financieros del organismo yasegurar el cumplimiento de la Ley de Administración Financiera y delos Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Promover eimpulsar la eficacia y la eficiencia en la administración de losrecursos de la organización. Supervisar las políticas de recursoshumanos de la Superintendencia.

ACCIONES:

1. Formular la política, la metodología y las normas de ejecuciónpresupuestaria de acuerdo con los lineamientos estratégicos, losplanes, los objetivos y las metas fijadas por la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD.

2. Dirigir el proceso de elaboración de los presupuestos anual y plurianual.

3. Entender en la planificación y ejecución de la administración financiera y presupuestaria del organismo.

4. Supervisar el análisis físico y financiero de las metas y objetivos programados y controlar su grado de cumplimiento.

5. Conducir la elaboración de la previsión anual, supervisar el controly la realización del registro detallado y desagregado de cada uno delos conceptos de la recaudación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD, de los recursos correspondientes a los aportes de los Agentesdel Seguro de Salud, del Fondo Solidario de Redistribución, de lasmatrículas que deben abonar las entidades de medicina prepaga, de lasmultas que se apliquen, de los recursos que le asigne el Tesoro de laNación y de cualquier otro recurso que se establezca o ingreso que seproduzca de acuerdo con la legislación vigente.

6. Supervisar el efectivo cobro de las matrículas que deben abonar lasempresas de medicina prepaga y de las multas que aplique laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

7. Efectuar, en coordinación con la GERENCIA DE CONTROLECONOMICO-FINANCIERO y la SUBGERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA, laprogramación financiera correspondiente a la distribución del SubsidioAutomático Nominativo de Obras Sociales (SANO).

8. Supervisar el análisis de los circuitos de la recaudacióncorrespondiente al organismo, los circuitos de gastos y la elaboraciónde propuestas que permitan incrementar su eficiencia, eficacia ycontrol.

9. Satisfacer las demandas de insumos requeridas por las distintasáreas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD para el cumplimientode sus objetivos.

10. Supervisar la elaboración y ejecución del plan anual de compras y contrataciones del organismo.

11. Diseñar y coordinar los procesos y los circuitos administrativospara la adquisición y la contratación de obras y servicios delorganismo de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

12. Controlar y supervisar el atesoramiento de los fondos líquidos delorganismo y coordinar la administración de sus cuentas bancarias.

13. Supervisar la realización de las liquidaciones y los pagos por tesorería.

14. Proponer las normas para la administración de los fondos líquidos ylas cajas chicas que utilizan las distintas áreas de la organización ycontrolar su cumplimiento y rendición de cuentas.

15. Supervisar el registro y la administración del patrimonio y losbienes asignados a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

16. Supervisar el registro contable y presupuestario de todos loshechos económicos y financieros de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD.

17. Dirigir la elaboración de la Memoria Organizativa y los Estados Contables del organismo.

18. Coordinar con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS losdébitos automáticos por deudas de las Obras Sociales y de las entidadesde medicina prepaga con el Hospital Público de Gestión Descentralizaday con los demás actores del Sistema de Servicios de Salud que poseanservicios propios.

19. Supervisar los servicios generales y el mantenimiento de las instalaciones del organismo.

20. Administrar y supervisar la ejecución de los fondos provenientes de convenios internacionales.

21. Entender en la liquidación y pago de los subsidios tramitados porla GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS y aprobados por laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ADMINISTRACION

SUBGERENCIA DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Gerente de Administración en la ejecución de los sistemas administrativos y financieros del organismo.

ACCIONES:

1. Ejecutar la política presupuestaria y controlar el cumplimiento delas normas, de los planes, de los objetivos y las metas fijados por laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

2. Diseñar los procedimientos y coordinar operativamente laparticipación de las áreas de la organización en la elaboración de lospresupuestos anual y plurianual del organismo y llevar un registro detodo el proceso.

3. Planificar y ejecutar la administración financiera y presupuestaria del organismo.

4. Realizar el análisis físico y financiero de las metas y objetivos programados y controlar su grado de cumplimiento.

5. Formular la previsión anual, realizar el control y llevar unregistro detallado y desagregado de cada uno de los conceptos de larecaudación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de losrecursos correspondientes a los aportes de los Agentes del Seguro deSalud, del Fondo Solidario de Redistribución, de las matrículas quedeben abonar las entidades de medicina prepaga, de las multas que seapliquen, de los recursos que le asigne el Tesoro de la Nación y decualquier otro recurso que se establezca o ingreso que se produzca deacuerdo con la legislación vigente.

6. Ejecutar el efectivo cobro de las matrículas que deben abonar lasempresas de medicina prepaga y de las multas que aplique laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

7. Analizar los circuitos de la recaudación correspondiente alorganismo, los circuitos de gastos y la elaboración de propuestas quepermitan incrementar su eficiencia, eficacia y control.

8. Recibir y realizar las tareas necesarias para satisfacer lasdemandas de insumos requeridas por las distintas áreas de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD para el cumplimiento de susobjetivos.

9. Elaborar y ejecutar el plan anual de compras y contrataciones del organismo.

10. Coordinar los procedimientos para realizar las adquisiciones y lascontrataciones de obras y servicios del organismo de acuerdo con loestablecido en la legislación vigente.

11. Controlar el atesoramiento de los fondos líquidos del organismo y administrar sus cuentas bancarias.

12. Coordinar las liquidaciones y los pagos por tesorería cuando así corresponda.

13. Elaborar y proponer las normas para la administración de los fondoslíquidos y las cajas chicas que utilizan las distintas áreas de laorganización y controlar su cumplimiento y rendición de cuentas.

14. Ordenar el registro y el inventario del patrimonio y de los bienes asignados a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

15. Supervisar la contabilidad y la imputación presupuestaria de todoslos hechos económicos y financieros de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOSDE SALUD.

16. Elaborar la Memoria Organizativa y los Estados Contables del organismo.

17. Informar y gestionar ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOSPUBLICOS los débitos automáticos por deudas de las Obras Sociales y lasEntidades de Medicina Prepaga con el Hospital Público de GestiónDescentralizada y con los demás actores del Sistema de Servicios deSalud que posean servicios propios.

18. Coordinar los servicios generales y el mantenimiento de las instalaciones del organismo.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ADMINISTRACION

SUBGERENCIA DE LIQUIDACION DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Gerente de Administración en la liquidación, el libramientode las órdenes de pago, la registración e imputación de los subsidiospor reintegros.

ACCIONES:

1. Supervisar la liquidación de los subsidios por reintegros.

2. Ordenar la Imputación en forma definitiva del gasto ocasionado porel otorgamiento de los subsidios por reintegro al Fondo Solidario deRedistribución.

3. Supervisar la elaboración y el diligenciamiento de las órdenes depago de los subsidios por reintegro y su remisión al áreacorrespondiente para su pago.

4. Organizar la recepción, el registro y el archivo de la documentación relativa al pago de los subsidios por reintegro.

5. Ordenar la imputación del gasto como pagado, al Fondo Solidario de Redistribución.

6. Llevar un registro de los Subsidios por reintegros abonados, enforma coordinada con la GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROSy la asistencia de la GERENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION, que incluyael monto total y desagregado por ítem, la fecha de otorgamiento, lafecha de pago, los conceptos incluidos en el subsidio, el Agente delSeguro de Salud que lo tramitó y recibió y el beneficiario del mismo.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL ECONOMICO-FINANCIERO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el control económico, financiero y de legalidad de losAgentes del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del Sistemade Salud, fiscalizando, supervisando, orientando y fomentando lacorrecta gestión de los recursos y gastos de su patrimonio paraasegurar las condiciones de viabilidad económica y financierasuficientes que permitan solventar los servicios comprometidos.

ACCIONES:

1. Proponer la documentación a ser requerida a los Agentes del Segurode Salud; Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales,Asociaciones Civiles y Fundaciones del Sistema de Salud, a efectos deobtener información respecto de su desempeño económico financiero.

2. Promover la capacitación y brindar asistencia técnica a lasmencionadas entidades de salud en relación al mejoramiento de sugestión económico-financiera, a las modalidades y al cumplimiento de lainformación que se reclama desde la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD.

3. Controlar los presupuestos de gastos y recursos, estados contables,estados intermedios, cuadros anexos y notas y las relaciones económicasfinancieras a ser cumplidas por las referidas entidades del sistema desalud.

4. Proponer a la Superioridad, en forma coordinada con la GERENCIA DECONTROL PRESTACIONAL, un Plan de Auditorías con el objeto de evaluar lagestión, la confiabilidad y la veracidad de la documentaciónsuministrada por las mencionadas entidades.

5. Ejecutar por sí o juntamente con la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONALlas auditorías conforme al Plan aprobado, así como las auditorías noprogramadas.

6. Realizar la gestión administrativa del Comité de Sindicaturas.

7. Elaborar juntamente con las GERENCIAS DE CONTROL PRESTACIONAL y deASUNTOS JURIDICOS propuestas de funcionamiento y actividades de lasSindicaturas.

8. Coordinar juntamente con las GERENCIAS DE CONTROL PRESTACIONAL y deASUNTOS JURIDICOS las actividades de las Sindicaturas designadas en losAgentes del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistemade salud.

9. Proponer la liquidación o fusión de los Agentes del Seguro de Salud,de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales,Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud cuando seacredite su inviabilidad económico financiera.

10. Promover las acciones correctivas y sancionatorias ante laexistencia de desvíos y/o incumplimientos por parte de las entidadesdel Sistema de Salud bajo la órbita de la Superintendencia.

11. Elaborar y ejecutar el plan de Fiscalización de los Agentes delSeguro de Salud, y otros responsables en relación a sus obligacionesrespecto al Fondo Solidario de Redistribución en lo atinente acotizaciones voluntarias y recursos de distinta naturaleza.

12. Recabar información para fiscalizar la correcta canalización de losrecursos financieros hacia los Agentes del Seguro de Salud, Empresas deMedicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones del Sistema de Salud, controlando el correctofuncionamiento del ciclo de financiamiento.

13. Evaluar la viabilidad económico-financiera de las entidades quesoliciten su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES.

14. Efectuar en conjunto con la SUBGERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA y laGERENCIA DE ADMINISTRACION la programación financiera correspondiente ala distribución del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales(SANO).

15. Orientar en los aspectos de su competencia las acciones que seejecutan a través de las delegaciones de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL ECONOMICO FINANCIERO

SUBGERENCIA DE CONTROL ECONOMICO FINANCIERO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la ejecución de sus actividades en lo atinenteal control económico financiero de los Agentes del Seguro de Salud.

ACCIONES:

1. Elaborar la documentación a ser requerida a los Agentes del Segurode Salud, a efectos de obtener información respecto de su desempeñoeconómico-financiero.

2. Coordinar la capacitación y brindar asistencia técnica de lasentidades del sistema de salud en relación al mejoramiento de sugestión económico-financiera, a las modalidades y al cumplimiento de lainformación que se reclame desde la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD.

3. Coordinar la evaluación de los presupuestos de gastos y recursos,estados contables, estados intermedios, cuadros anexos y notas y lasrelaciones económicas financieras a ser cumplidas por los Agentes delSeguro de Salud.

4. Coordinar la ejecución de las auditorías conforme al Plan aprobado, así como las auditorías no programadas.

5. Desarrollar propuestas de funcionamiento y actividades de lasSindicaturas y coordinar la gestión administrativa del Comité deSindicaturas.

6. Coordinar la ejecución del Plan de Fiscalización de los Agentes delSeguro de Salud y otros responsables en relación a sus obligacionesrespecto del Fondo Solidario de Redistribución en lo atinente acotizaciones voluntarias y recursos de distinta naturaleza.

7. Iniciar las acciones correctivas y sancionatorias ante la existenciade desvíos y/o incumplimientos por parte de los Agentes del Seguro deSalud.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL ECONOMICO FINANCIERO

SUBGERENCIA DE CONTROL ECONOMICO FINANCIERO DE MEDICINA PREPAGA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la ejecución de sus actividades en lo atinenteal control económico financiero de las Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistemade salud de acuerdo a las obligaciones establecidas para estasentidades en la Ley Nº 26.682 y sus normas reglamentarias.

ACCIONES:

1. Elaborar el listado de la documentación a ser requerida a lasEmpresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, asociacionesciviles y fundaciones del sistema de salud a efectos de obtenerinformación respecto de su desempeño económico-financiero.

2. Coordinar la capacitación y brindar asistencia técnica a lasEmpresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, asociacionesciviles y fundaciones del sistema de salud en relación al mejoramientode su gestión económico-financiera, a las modalidades y al cumplimientode la información que se reclame desde la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOSDE SALUD.

3. Coordinar la evaluación de los presupuestos de gastos y recursos,estados contables, estados intermedios, cuadros anexos y notas y lasrelaciones económicas financieras a ser cumplidas por las Empresas deMedicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones del sistema de salud.

4. Coordinar la ejecución de las auditorías conforme al Plan aprobado, así como las auditorías no programadas.

5. Desarrollar propuestas de funcionamiento y actividades de lasSindicaturas y Coordinar la gestión administrativa del Comité deSindicaturas.

6. Coordinar la ejecución del Plan de Fiscalización de las Empresas deMedicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones del sistema de salud en relación a sus obligacionesestablecidas en la Ley Nº 26.682 y sus normas reglamentarias.

7. Iniciar las acciones correctivas y sancionatorias ante la existenciade desvíos y/o incumplimientos por parte de las Empresas de MedicinaPrepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones delsistema de salud.

8. Establecer y mantener actualizado, junto a la SUBGERENCIA DEEVALUACION DE COSTOS y DE ESTADISTICAS EN SALUD, el monto del capitalmínimo que las empresas de medicina prepaga deberán constituir ymantener durante su ejercicio.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el control de las relaciones prestacionales entre losprestadores de Servicios de Salud y los Agentes del Seguro de Salud,Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, asociacionesciviles y fundaciones del Sistema de Salud. Fiscalizar el cumplimientode las normas prestacionales, considerando al Programa MédicoObligatorio como condición básica, por parte de las mencionadasentidades del sistema así como de los prestadores de Servicios de Salud.

ACCIONES:

1. Proponer normas para estandarizar contratos modelos entre lasreferidas entidades del sistema de salud y los prestadores, quecomprendan el Programa Médico Obligatorio considerando la definición delos aspectos incluidos en el Programa Nacional de Garantía de Calidadde la Atención Médica y promover su observancia.

2. Registrar los contratos efectuados entre las mismas entidades delsistema de salud y los prestadores, verificar el cumplimiento de losrequisitos exigidos, proponer las acciones correctivas y eventualmentelas sanciones que correspondan cuando se infrinjan las normas queregulan su contenido.

3. Proponer a la GERENCIA GENERAL el diseño y actualización de lasnormas sobre información a ser reclamada a los actores del sistema parasu incorporación al Sistema de Información Sanitaria y Asistencial.

4. Aprobar y controlar la correcta gestión de los programasprestacionales de las entidades del Sistema de Salud que se ejecuten através de efectores propios o contratados.

5. Proponer normas sobre la verificación y evaluación de la produccióny remisión de la información relativa al perfil prestacional, loscoseguros, las coberturas adicionales al Programa Médico Obligatorio,la utilización de los rubros del Programa Médico Obligatorio y loslistados de efectores propios y contratados, a ser provistos por lasentidades del Sistema de Salud y prestadores.

6. Controlar la fiscalización que realizan las entidades del Sistema deSalud sobre las prestaciones en relación a los programas asistencialesy garantía de calidad de la atención.

7. Brindar asistencia técnica y capacitación tanto a las entidades delsistema de salud como a los prestadores, con respecto a la celebraciónde contratos, en términos de accesibilidad, cobertura, integralidad,solidaridad y calidad.

8. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de las ObrasSociales, Agentes del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, asociaciones civiles y fundaciones del sistemade salud respecto de los pagos por las prestaciones efectuadas a susbeneficiarios por los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada,procediendo de igual forma respecto a las asociaciones de obrassociales y otros agentes que posean efectores propios.

9. Integrar la coordinación del Comité de Sindicatura en los aspectos atinentes a su competencia.

10. Proponer normas relativas al mejoramiento del control prestacionalde los registros y del Hospital Público de Gestión Descentralizada.

11. Orientar los aspectos de su competencia que se ejecutan a través delas Delegaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en elinterior de país.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

SUBGERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la ejecución, sistematización y organizaciónde la información referida al control de las prestaciones entre losAgentes del Seguro de Salud y los prestadores de Servicios de Salud queactúan en el ámbito del Sistema del Seguro de Salud.

ACCIONES:

1. Proponer a la Gerencia las normas sustantivas y de procedimientopara el control de la gestión de los programas prestacionales de lasreferidas entidades del sistema.

2. Ejecutar las acciones de capacitación de las entidades del sistemade salud y de los prestadores para la elaboración de planes de salud ycontratos.

3. Diseñar sistemas para el control de la información provista por losprestadores a las entidades del sistema de salud relacionada con el usode los servicios y con la morbimortalidad.

4. Asistir a la Gerencia en el control del cumplimiento de las ObrasSociales y Agentes del Seguro de Salud del pago de las prestacionesbrindadas por los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.

5. Preparar y ejecutar la documentación necesaria para elfuncionamiento y control de los registros de los Agentes del Seguro deSalud, los prestadores de Servicios de Salud correspondientes, de losoperadores y de los beneficiarios.

6. Asistir a la Gerencia en la fiscalización del cumplimiento delPrograma Médico Obligatorio y del Programa Nacional de Garantía deCalidad de la Atención Médica por parte de los Agentes del Seguro deSalud.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL

SUBGERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL DE MEDICINA PREPAGA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la ejecución, sistematización y organizaciónde la información referida al control de las prestaciones de lasEmpresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, AsociacionesCiviles y Fundaciones del Sistema de Salud y los prestadores deServicios de Salud correspondientes, de acuerdo a las obligacionesestablecidas para estas entidades en la Ley Nº 26.682 y sus normasreglamentarias.

ACCIONES:

1. Proponer normas sustantivas y de procedimiento para el control de lagestión de los programas prestacionales de las referidas entidades delsistema.

2. Ejecutar las acciones de capacitación de las mencionadas entidadesdel sistema de salud y de los prestadores para la elaboración de planesde salud y contratos.

3. Diseñar sistemas para el control de la información provista por losprestadores a las mencionadas entidades del sistema de saludrelacionada con el uso de los servicios y con la morbimortalidad.

4. Asistir a la Gerencia en el control del cumplimiento de las Empresasde Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, asociaciones civiles yfundaciones del sistema de salud del pago de las prestaciones brindadaspor los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.

5. Preparar y ejecutar la documentación necesaria para elfuncionamiento y control de los registros de las Empresas de MedicinaPrepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones delsistema de Salud y los prestadores de Servicios de Salud, de losoperadores y de los beneficiarios de este subsistema de salud.

6. Asistir a la Gerencia en el control del cumplimiento del ProgramaMédico Obligatorio y del Programa Nacional de Garantía de Calidad de laAtención Médica en las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas,Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de Salud y porparte de los prestadores de Servicios de Salud correspondientes.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ATENCION Y SERVICIOS AL USUARIO DEL SISTEMA DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover acciones tendientes a fortalecer el ejercicio de los derechosde los usuarios, beneficiarios y/o afiliados y controlar elcumplimiento de las normas de atención al usuario por parte de losAgentes del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistemade salud. Ordenar la recepción de las solicitudes, reclamos, denunciasy recursos presentados por los usuarios del Sistema Nacional deServicios de Salud y gestionar dichas peticiones para lograr unacreciente satisfacción por parte de los usuarios.

ACCIONES:

1. Promover y administrar el acceso de los usuarios a la informaciónproducida por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD sobre losderechos de los usuarios y las obligaciones que tienen para con ellos,los Agentes del Seguro de Salud y las entidades de la medicina prepaga.

2. Supervisar el ejercicio efectivo de la libertad de elección de Obra Social por parte de los afiliados.

3. Prevenir e informar a la GERENCIA GENERAL sobre la existencia decompetencia desleal entre las referidas entidades del sistema de saludy prestadores, así como la detección de conductas que afecten al libreejercicio del derecho de opción por parte de los beneficiarios y/oafiliados.

4. Evaluar niveles de satisfacción del beneficiario y/o afiliadorespecto de los servicios provistos por los prestadores a efectos depropiciar un mejoramiento permanente de los estándares de atención, através de los estudios realizados por los Agentes del Seguro de Salud,Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, AsociacionesCiviles y Fundaciones del sistema de salud, prestadores o por la propiaSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, por sí o por terceros,integrándolos y complementándolos con estudios de carácter general,sectorial, grupal y/o jurisdiccional.

5. Ordenar la recepción de las solicitudes, reclamos, denuncias yrecursos presentados por los usuarios del Sistema de Salud a través deun centro de atención personalizada y telefónica.

6. Gestionar las presentaciones de los usuarios del Sistema Nacional deServicios de Salud, efectuar el seguimiento de las actuaciones hasta suconclusión y notificación de los resultados de las mismas a losusuarios peticionantes, procurando la satisfacción de las demandaspresentadas.

7. Promover en los usuarios, beneficiarios y/o afiliados el ejerciciode un adecuado nivel de exigencia sobre los servicios que reciben porparte de los Agentes del Seguro de Salud, de las Empresas de MedicinaPrepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones delsistema de salud y prestadores.

8. Promover la transparencia del Sistema mediante la propuesta denormas y el control sobre la publicidad y/o comercialización de losservicios por parte de los Agentes del Seguro de Salud, de las Empresasde Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones del sistema de salud.

9. Proponer y organizar actividades de extensión, divulgación y decapacitación técnica para los usuarios y para los diferentes actoresdel sistema.

10. Orientar y coordinar los servicios a los usuarios del SistemaNacional de Servicios de Salud que se ejecutan a través de lasDelegaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en elinterior del país.

GERENCIA DE ATENCION Y SERVICIOS AL USUARIO DEL SISTEMA DE SALUD

SUBGERENCIA DE ATENCION AL USUARIO DEL SISTEMA DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la planificación, organización y ejecución detodas las acciones tendientes a fortalecer el ejercicio de los derechosde los usuarios, beneficiarios y/o afiliados atendiendo las consultas ylas presentaciones que realicen los mismos en el centro de atenciónpersonalizada y en el centro de atención telefónica.

ACCIONES:

1. Organizar y diseñar el sistema de atención al usuario, beneficiarioy/o afiliado tanto en forma personal, en el centro de atenciónpersonalizada, como en forma telefónica mediante un centro específico.

2. Atender las consultas de los usuarios del sistema en forma ágil,solícita y diligente y brindar, a los mismos, las comodidades y elespacio adecuado para que realicen sus gestiones ante el organismo.

3. Proveer a los usuarios la información producida por laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD sobre los derechos de losusuarios y las obligaciones que tienen para con ellos, los Agentes delSeguro de Salud y las entidades de la medicina prepaga.

4. Supervisar la recepción de las solicitudes, reclamos, denuncias yrecursos presentados por los usuarios del Sistema Nacional de Serviciosde Salud y su caratulación.

5. Efectuar las comunicaciones y notificaciones a los usuarioscorrespondientes a sus tramitaciones ante la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD.

6. Colaborar con la GERENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION en el diseño ygestión de un sistema que permita a los usuarios realizar consultas através del portal de Internet del organismo.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ATENCION Y SERVICIOS AL USUARIO DEL SISTEMA DE SALUD

SUBGERENCIA DE GESTION DE SERVICIOS AL USUARIO DEL SISTEMA DE SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la planificación, organización y ejecución detodas las acciones tendientes a fortalecer el ejercicio de los derechosde los usuarios, beneficiarios y/o afiliados mediante la gestión eficazde las solicitudes, reclamos, denuncias y recursos presentados por losusuarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud para lograr unacreciente satisfacción por parte de los usuarios.

ACCIONES:

1. Gestionar y efectuar el seguimiento de todas las tramitaciones desolicitudes, reclamos, denuncias y recursos presentados por losusuarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud en laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y efectuar el seguimiento de lasactuaciones hasta su conclusión procurando la satisfacción y elefectivo ejercicio de los derechos de los usuarios.

2. Gestionar los trámites que realicen los afiliados para asegurar la libre elección de Obra Social por parte de los mismos.

3. Reunir la información que permita detectar la existencia decompetencia desleal entre las referidas entidades del Sistema de Saludy prestadores, así como la identificación de conductas que afecten ellibre ejercicio del derecho de opción por parte de los beneficiariosy/o afiliados.

4. Realizar estudios para evaluar los niveles de satisfacción delbeneficiario y/o afiliado respecto de los servicios provistos por losprestadores a efectos de propiciar un mejoramiento permanente de losestándares de atención, a través de los estudios realizados por losAgentes del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del Sistemade Salud, prestadores o por la propia SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD, por sí o por terceros, integrándolos y complementándolos conestudios de carácter general, sectorial, grupal y/o jurisdiccional.

5. Promover en los usuarios, beneficiarios y/o afiliados el ejerciciode un adecuado nivel de exigencia sobre los servicios y de lainformación que reciben por parte de los Agentes del Seguro de Salud,de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales,Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud y prestadores.

6. Organizar las actividades de extensión, divulgación y decapacitación técnica para los usuarios y para los diferentes actoresdel sistema.

7. Recibir, gestionar y efectuar el seguimiento de las tramitacionesque realicen los usuarios por medio de las Delegaciones de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en el interior del país.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar la información del funcionamiento del Sistema de Salud ydesarrollar el conocimiento del desempeño del mismo y promover supermanente mejoramiento mediante regulaciones y acciones tendientes aoptimizar los resultados y/o corregir desvíos a nivel global.

ACCIONES:

1. Integrar información generada en otros niveles y organizaciones y enlas áreas de gestión del organismo y producir conocimiento comprensivoy competente referido a las variables centrales del desempeño globaldel sistema.

2. Desarrollar y preparar documentos de análisis estratégico sobre elcomportamiento del Sistema de Salud, Agentes del Seguro de Salud,Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, AsociacionesCiviles y Fundaciones, así como el de sus diversos componentes.

3. Desarrollar normas, elaboradas sobre la base del conocimientoestratégico, tendientes a reorientar el funcionamiento del Sistema deSalud hacia su mejor desempeño y el equilibrio global del sistema.

4. Evaluar fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas así comoventajas comparativas y competitivas de los diferentes actores delsistema, con el objeto de identificar incertidumbres y promover medidasalternativas de prevención respecto de los riesgos involucrados.

5. Supervisar la producción de la información que permita conocer,analizar y evaluar los costos de las prestaciones, medicamentos einsumos médicos y, en general, del funcionamiento del Sistema de Salud,tanto de los Agentes del Seguro de Salud como así también de lasEmpresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, AsociacionesCiviles y Fundaciones de salud.

6. Entender en la aprobación de los aumentos de las cuotas de lasentidades de medicina prepaga y en la fijación de los precios de lasprestaciones, de los medicamentos y de los insumos médicos y, engeneral, de los subsidios a financiar por medio del Fondo deRedistribución Solidaria.

7. Orientar en los aspectos de su competencia que se ejecutan a travésde las Delegaciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en elinterior.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

SUBGERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Gerencia en la administración de la información y eldesarrollo del conocimiento del Sistema y en las propuestas deregulaciones y acciones para corregir desvíos u optimizar resultados.

ACCIONES:

1. Reunir los requerimientos de información del sistema ycompatibilizar las propuestas efectuadas, por otras áreas del organismodentro del marco estratégico de referencia.

2. Integrar y analizar la información global para la producción deinvestigaciones estratégicas sobre el funcionamiento del sistema.

3. Proyectar la normativa y compatibilizar las propuestas efectuadaspor otras áreas del organismo dentro del marco estratégico dereferencia, evaluando y proyectando las normas que hagan alfuncionamiento y/o mejoramiento del sistema.

4. Desarrollar sistemas metodológicos de diagnóstico y de proyección deescenarios alternativos que apunten al funcionamiento, organización yevaluación tanto a nivel global como de cada uno de sus componentes.

5. Efectuar, en coordinación con las GERENCIAS DE CONTROLECONOMICO-FINANCIERO y DE ADMINISTRACION, la programación financieracorrespondiente a la distribución del Subsidio Automático Nominativo deObras Sociales (SANO).

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

SUBGERENCIA DE EVALUACION DE COSTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Producir y recabar la información que permita conocer, analizar yevaluar los costos de las prestaciones, medicamentos e insumos médicosy, en general, del funcionamiento del Sistema de Salud, tanto de losAgentes del Seguro de Salud como así también de las Empresas deMedicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles yFundaciones de salud.

Intervenir en la aprobación de los aumentos de las cuotas de lasentidades de medicina prepaga y en la fijación de los precios de lasprestaciones, de los medicamentos y de los insumos médicos y, engeneral, de los Subsidios a financiar por medio del Fondo Solidario deRedistribución.

ACCIONES:

1. Estimar el costo de las prestaciones médicas y los precios de referencia de los medicamentos e insumos médicos.

2. Intervenir en la fijación de los montos máximos a subsidiar mediantereintegros a afectar al Fondo Solidario de Redistribución por gastosrealizados por los Agentes del Seguro de Salud en concepto deprestaciones, medicamentos e insumos médicos.

3. Intervenir en la determinación del valor mínimo del aporte porafiliado que deben recibir las Obras Sociales para cubrir el ProgramaMédico Obligatorio a fin de establecer el monto del Subsidio AutomáticoNominativo de Obras Sociales (SANO).

4. Recibir los expedientes que tramiten la solicitud de inscripción enel Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) afin de evaluar su estructura de costos.

5. Intervenir en el establecimiento y actualización de un sistema decategorización y acreditación de los sujetos comprendidos en elartículo 1° de la Ley Nº 26.682 así como también de losestablecimientos y prestadores propios o contratados, evaluandoestructuras, procedimientos y resultados.

6. Procesar y evaluar, junto a la SUBGERENCIA DE ESTADISTICAS EN SALUD,los informes demográficos, epidemiológicos, prestacionales yeconómico-financieros, requeridos periódicamente, a los sujetoscomprendidos en la Ley Nº 26.682, a fin de ser utilizados como insumosbásicos y esenciales para el cálculo de actualización de cuotas.

7. Implementar la estructura de costos que deberán presentar lasentidades y definir los cálculos actuariales necesarios para larevisión de los Valores de las Cuotas que se realizará en formaperiódica y en todos los casos en que los sujetos comprendidos en elartículo 1° de la Ley Nº 26.682 propusieran modificaciones a losvalores vigentes a la fecha.

8. Evaluar y adecuar la matriz de cálculo actuarial de ajuste por riesgo para las personas mayores de SESENTA Y CINCO (65) años.

9. Calcular y actualizar valores diferenciales para la admisión deusuarios que presenten enfermedades preexistentes en los casos decarácter temporario como así también, en los de carácter crónico y dealto costo.

10. Establecer y mantener actualizado, junto a la SUBGERENCIAS DEESTADISTICAS EN SALUD y de CONTROL ECONOMICO FINANCIERO DE MEDICINAPREPAGA, el capital mínimo que las empresas de medicina prepaga deberánconstituir y mantener durante su ejercicio.

11. Proyectar las medidas económicas y financieras necesarias para lareasignación de usuarios en las situaciones contempladas en el artículo5°, inciso m) del Anexo del Decreto Nº 1993/11.

12. Proponer la matrícula que deben abonar las Empresas de MedicinaPrepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones delSistema de Salud.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE GESTION ESTRATEGICA

SUBGERENCIA DE ESTADISTICAS EN SALUD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proveer al organismo información económica y prestacional de losAgentes del Seguro de Salud, de las Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistemade salud, permitiendo la toma de decisiones estratégicas.

ACCIONES:

1. Requerir periódicamente con carácter de declaración jurada a lasreferidas entidades del sistema de salud, informes demográficos,epidemiológicos, prestacionales y económico-financieros, sin perjuiciode lo establecido en la Ley Nº 19.550 de sociedades comerciales.

2. Formular estadísticamente información relacionada con condicioneseconómicas, de vida y problemas de salud de la población, morbilidad yrendimiento hospitalario, disponibilidad y utilización de los recursosde salud, condiciones sanitarias, y tasa de cobertura del sistema desalud.

3. Procesar y evaluar, junto a la SUBGERENCIA DE EVALUACION DE COSTOS,los informes demográficos, epidemiológicos, prestacionales y económicofinancieros, requeridos periódicamente, a los sujetos comprendidos enla Ley Nº 26.682, a fin de ser utilizados como insumos básicos yesenciales para el cálculo de actualización de cuotas.

4. Realizar estudios sectoriales específicos del sector salud.

5. Coordinar con otras áreas estadísticas del Sistema de Salud,universidades y centros de investigación, la información recopilada, afin de incrementar la exactitud y validación de resultados de lasinvestigaciones.

6. Proveer estudios y análisis estadísticos sobre datos epidemiológicos.

7. Establecer y mantener actualizado, junto a las SUBGERENCIAS DEEVALUACION DE COSTOS y DE CONTROL ECONOMICO FINANCIERO DE MEDICINAPREPAGA, el capital mínimo que las empresas de medicina prepaga deberánconstituir y mantener durante su ejercicio.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Gestionar las solicitudes de subsidios por reintegros, que presenten ala SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, los agentes del SistemaNacional del Seguro de Salud e intervenir en la aplicación de losrecursos del Fondo Solidario de Redistribución y otras fuentesalternativas de financiación que establezca la superioridad a losplanes y programas de salud destinados a los beneficiarios del SistemaNacional del Seguro de Salud.

ACCIONES:

1. Entender en la administración del Fondo Solidario de Redistribución.

2. Gestionar la recepción y el procesamiento de las solicitudes desubsidios por reintegros, que realicen los agentes del Sistema Nacionaldel Seguro de Salud, a ser afectados al Fondo Solidario deRedistribución u otras fuentes de financiación que establezca lasuperioridad con mecanismos que procuren celeridad y transparencia enlos otorgamientos.

3. Atender las solicitudes relacionadas con las prestaciones médicas dealta complejidad, de alto costo, baja frecuencia y/o menor incidencia,los subsidios destinados a beneficiarios con riesgo de vida y aquellasprestaciones establecidas por la Ley Nº 24.455 como de coberturaobligatoria.

4. Coordinar los procedimientos de recepción, verificación y control dela pertinencia y de la autenticidad de la documentación que presentenlos agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

5. Ordenar la fiscalización del cumplimiento, por parte de los agentesdel Sistema Nacional del Seguro de Salud, de los requisitos formales ylegales para el otorgamiento de subsidios por reintegros.

6. Ordenar la aplicación de los criterios y normas aprobadas por lasuperioridad para asignar los valores establecidos en ellas en ladeterminación del monto de los gastos; a ser reconocidos y/oreintegrados por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de entreaquellos en que hayan incurrido los agentes del Sistema Nacional delSeguro de Salud para realizar las prestaciones médicas y adquirir losmedicamentos e insumos médicos necesarios para las mismas.

7. Expedirse mediante el correspondiente acto dispositivo respecto dela admisibilidad y legalidad de la solicitud de subsidio por reintegrotramitada y el monto máximo a reconocer mediante el mismo.

8. Coordinar la elaboración de los proyectos de los actosadministrativos por los que se apruebe el otorgamiento de subsidios porreintegros y proceder a su elevación a la autoridad competente para suconsideración.

9. Proponer y participar junto a otras áreas de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD, en la realización de inspecciones y/o auditorías decarácter médico prestacional, administrativas contables, legales,periódicas y/o extraordinarias a fin de verificar “in situ” elcumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de los beneficiosque otorgue la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a los agentes delSistema Nacional del Seguro de Salud y su correcta utilización porparte de los mismos.

10. Coordinar la recepción, el análisis y la evaluación de lasrendiciones de cuentas presentadas por los agentes del Sistema Nacionaldel Seguro de Salud, la elaboración de los proyectos de actosadministrativos de aprobación, rechazo o revocación de las mismas,según corresponda, y su elevación a la autoridad competente para suconsideración.

11. Proponer y elevar a la consideración de la autoridad competente elproyecto de plan anual de inversiones y gastos a afectar al FondoSolidario de Redistribución.

12. Promover la eficacia y la eficiencia del sistema de financiamientode las prestaciones médicas de alta complejidad, de alto costo y bajafrecuencia y/o menor incidencia, de los subsidios destinados abeneficiarios con riesgo de vida y de las prestaciones comprendidas enla Ley Nº 24.455 asegurando con sus acciones equidad en la asignaciónde recursos para todos los agentes del Sistema Nacional del Seguro deSalud, uniformidad en la cobertura, similar calidad de prestación eigual nivel de accesibilidad para todos los beneficiarios del SistemaNacional del Seguro de Salud.

13. Participar de la elaboración y proponer a la superioridad proyectosde normas, procedimientos y requisitos exigibles que regulen elotorgamiento, el control y la rendición de cuentas de los subsidios porreintegros que efectúe la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y queimpliquen la utilización de los recursos del Fondo Solidario deRedistribución.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS

SUBGERENCIA RECEPCION, VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Recibir, registrar e iniciar expedientes con las solicitudes desubsidios por reintegros, que presenten, en tiempo y forma de acuerdocon las normas vigentes, los Agentes del Sistema Nacional del Seguro deSalud. Aplicar los procedimientos aprobados por la superioridad paraverificar la identidad de los solicitantes, su acreditación yrepresentación o mandato, la pertinencia, autenticidad, validez ylegalidad de la documentación que acompaña la solicitud presentada yprobatoria de las prestaciones médicas a financiar, la pertinencia desu cobertura, así como de la identidad de los beneficiarios y suinclusión en los padrones correspondientes de los Agentes del SistemaNacional del Seguro de Salud.

ACCIONES:

1. Recibir las solicitudes de subsidios por reintegros que realicen losAgentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud junto con ladocumentación que debe acompañarla de acuerdo con la normativaaplicable.

2. Ordenar el inicio del expediente por el que tramite la solicitudrecibida y la agregación de toda la documentación presentada por elsolicitante y las verificaciones de oficio realizadas por el área.

3. Asignar un número de identificación y, con la asistencia del áreainformática de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, llevar unregistro actualizado de las solicitudes presentadas, el estado de sutrámite en tiempo real y su ubicación en el circuito administrativointerno.

4. Verificar la autenticidad y validez de la documentación y/o comprobantes presentados.

5. Verificar la identidad y acreditación de los mandatarios que presenten las solicitudes.

6. Verificar la vigencia de la representación de los titulares de losagentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que presenten ysuscriban la solicitud.

7. Verificar la identidad y su inclusión en el padrón correspondiente,del beneficiario de la prestación médica a financiar y su certificaciónde la práctica y/o insumo recibido y/o su conformidad sobre laprestación y/o insumo a recibir, lo que corresponda al caso.

8. Verificar la pertinencia de la cobertura de la prestación médica afinanciar, su necesidad y consistencia de acuerdo con la historiamédica del beneficiario y/o de la información y documentacióndisponible sobre su estado de salud y/o de su historial de cobertura.

9. Verificar la identidad, validez y/o vigencia de la acreditación einclusión en el registro correspondiente, del auditor médico y/o delprofesional actuante en el diagnóstico y en la prestación médica arealizarse y/o realizada según corresponda y referida en la solicitudpresentada.

10. Ordenar la verificación de la efectiva realización de la prácticamédica y de la utilización de los medicamentos e insumos médicosreferidos en la solicitud.

11. Dictaminar, calificar y dar curso a las solicitudes de subsidiospor reintegro con las observaciones, y/o recomendaciones quecorresponda señalar o agregar en cada caso.

12. Aplicar los valores correspondientes a las prestaciones realizadasy/o a realizarse, medicamentos e insumos médicos utilizados y/o autilizarse y a ser financiados de acuerdo con los montos incluidos enel nomenclador previamente aprobado por la superioridad, de acuerdo conlas normas vigentes en la materia.

13. Controlar la legitimidad del medicamento a subsidiar mediante elmás eficaz de los procedimientos disponibles a la fecha de larealización del control.

14. Ordenar la determinación de las prestaciones, medicamentos einsumos médicos a subsidiar y la aplicación de los valores establecidosen el nomenclador previamente aprobado por la superioridad paraestablecer el monto máximo del beneficio a otorgar de acuerdo con lasnormas vigentes en la materia.

15. Verificar la existencia y disponibilidad del crédito presupuestariocorrespondiente dentro del Fondo Solidario de Redistribución o de lafuente de financiamiento que la superioridad determine, e imputar enforma preventiva, el gasto o la inversión proyectada.

16. Atender a los mandatarios de los Agentes del Sistema Nacional delSeguro de Salud y, una vez acreditada su identidad y representación,suministrarles la información que requieran sobre el estado del trámitede la solicitud que hayan presentado, siempre que la misma estédisponible y cuya comunicación permita u obligue a suministrar lalegislación vigente.

17. Recibir las presentaciones de rendiciones de cuentas de subsidios opréstamos que presenten los mandatarios, datar e iniciar el expedientepor el que tramite y analizar, observar, evaluar y otorgar unacalificación a dichas rendiciones.

18. Participar de la elaboración de la propuesta del proyecto de plananual de inversiones y gastos a afectar al Fondo Solidario deRedistribución, a ser elevada por la gerencia a la consideración de laautoridad competente.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS

SUBGERENCIA DE CONTROL DE GESTION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Contribuir a mejorar la legitimidad, la eficiencia, la eficacia y latransparencia de los procesos de adjudicación y otorgamiento desubsidios por reintegros mediante procedimientos sistemáticos deauditoría ex-ante la elevación de los expedientes.

ACCIONES:

1. Realizar, en forma sistemática y periódica, auditoríasadministrativo contables, médico prestacionales y legales sobre unaselección aleatoria o muestreo de expedientes en trámite, realizadas demanera sumaria una vez concluida la intervención de la SUBGERENCIA DERECEPCION, VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES y en forma previaa su elevación a la GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS.

2. Entender en el análisis de las solicitudes por vía de excepción y proponer el criterio a asumir en cada caso.

3. Participar de la elaboración y proponer a la superioridad proyectosde normas, procedimientos y requisitos exigibles que regulen elotorgamiento y el control de subsidios por reintegros que efectúe laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y que impliquen la utilizaciónde los recursos del Fondo Solidario de Redistribución.

4. Proponer y participar junto a otras áreas de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD, en la realización de inspecciones y/o auditorías decarácter médico prestacionales, administrativo contables, legales,periódicas y/o extraordinarias a fin de verificar “in situ” elcumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de los beneficiosque otorgue la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a los Agentes delSistema Nacional del Seguro de Salud y la correcta utilización porparte de los mismos.

5. Administrar y actualizar el registro de Subsidios por Reintegros conla asistencia del área informática de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOSDE SALUD en el diseño y el mantenimiento de la correspondiente base dedatos.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar y asistir a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en losaspectos jurídicos de su gestión, ejercer la representación jurídicadel organismo y efectuar el control de legitimidad y legalidad de losactos administrativos.

ACCIONES:

1. Realizar el control de legalidad y el análisis jurídico previo detodos los actos administrativos emanados de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD.

2. Prestar asesoramiento jurídico al titular del organismo y a las dependencias del organismo que así lo requieran.

3. Participar en la elaboración de los anteproyectos de leyes, decretosy reglamentos que presente la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

4. Organizar, supervisar y ejercer la representación y patrocinioletrado en todos los juicios en los que la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD sea parte.

5. Administrar los registros de los Agentes del Sistema Nacional delSeguro de Salud, de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas,Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud, delos operadores y de los beneficiarios del Sistema.

6. Intervenir en los trámites de sanción de los Agentes del SistemaNacional del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del Sistemade Salud.

7. Intervenir en los sumarios internos del personal del organismo.

8. Supervisar los dictámenes sobre la legalidad y sujeción a derecho delas solicitudes de subsidios por reintegro presentadas y la elaboraciónde los proyectos de los actos administrativos correspondientes.

9. Entender en la administración y mantenimiento del registro de obras sociales, entidades de medicina prepaga y prestadores.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

SUBGERENCIA DE ASESORIA LEGAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Gerente de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento y asistencia jurídica a las autoridades del organismo.

ACCIONES:

1. Intervenir en el control de legalidad de los actos y decisiones delorganismo que sean sometidos a consulta de la GERENCIA DE ASUNTOSJURIDICOS.

2. Coordinar las opiniones jurídicas de los profesionales del área demodo de tender a unificar los criterios en los trámites y actuacionesdel organismo.

3. Llevar el Registro de Dictámenes y Providencias de la Gerencia.

4. Intervenir en la administración de los registros de los Agentes delSistema Nacional del Seguro de Salud, de las Empresas de MedicinaPrepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones delsistema de salud, de los operadores y de los beneficiarios del Sistema.

5. Administrar y mantener el registro de obras sociales, entidades de medicina prepaga y prestadores.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en la representación y patrocinio de los reclamos y trámitescontenciosos, así como en las acciones judiciales en las cuales elorganismo sea parte o tenga un interés legítimo para actuar.

ACCIONES:

1. Ejercer la representación, patrocinio jurídico y defensa judicial y administrativa del organismo en todo el país.

2. Intervenir en la defensa del organismo ante los Tribunales Judiciales y ante las autoridades públicas que lo requieran.

3. Recomendar a la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS estrategias para la defensa judicial y administrativa del organismo.

4. Proponer a la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS la conformación yorganización de los equipos de trabajo necesarios para el cumplimientode su cometido.

5. Disponer las medidas necesarias para la gestión, resguardo,conservación y accesibilidad de la información vinculada al desempeñode las tareas de la Subgerencia.

6. Establecer las pautas de trabajo a las que deberán ajustarse losabogados de la Subgerencia, a los fines de unificar criterios ymetodologías.

7. Llevar el registro de los expedientes y los fallos judiciales en los asuntos en lo que la Superintendencia sea parte.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

SUBGERENCIA DE CONTROL DE LEGALIDAD DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Analizar, evaluar, calificar y/o dictaminar sobre la legalidad ysujeción a derecho de las solicitudes de subsidios por reintegropresentadas. Elaborar y elevar para la consideración de la superioridadlos proyectos de actos administrativos de calificación y,posteriormente, de aprobación o rechazo de las solicitudes deotorgamiento de subsidios por reintegros y de aprobación, revocación orechazo de las rendiciones de cuentas que presenten los Agentes delSistema Nacional del Seguro de Salud.

ACCIONES:

1. Recibir los expedientes iniciados en la SUBGERENCIA DE RECEPCION,VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES y controlar la legalidad ysujeción a derecho de las solicitudes de subsidios por reintegropresentadas.

2. Elaborar los proyectos de los actos administrativos por los que secalifique y, posteriormente, se apruebe el otorgamiento de subsidiospor reintegros y proceder a su elevación a la autoridad competente parasu consideración.

3. Elaborar los proyectos de actos administrativos de aprobación,rechazo o revocación, según corresponda, de las rendiciones de cuentasy proceder a su elevación a la autoridad competente para suconsideración.

4. Evaluar y proponer la aplicación de las sanciones previstas en lasnormas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en loscasos en que se detecten incumplimientos o irregularidades cometidaspor los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud en lassolicitudes o en las rendiciones de cuentas de los subsidios porreintegros recibidos.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU79614