Tiempo estimado de lectura 0 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Buenos Aires, 2 de septiembre de 1999
Buenos Aires, 2 de septiembre de 1999.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º Condónase la deuda a la Contribución de Patentes sobre Vehículos en General que se encuentren radicados en la Ciudad, con más de diez (10) años de antigüedad, y cuyos propietarios decidan entregarlos para su desguace y compactación, y cumplimenten las normas correspondientes a la baja de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Artículo 2º Facúltase al Poder Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias que fueran necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º.
Artículo 3º Comuníquese, etc.
ENRIQUE OLIVERA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 236
Sanción: 02/09/99
Promulgación: Decreto N° 1979/99 del 01/10/99
Publicación: BOCBA N° 794 del 08/10/99
Cita digital del documento: ID_INFOJU81132