Legislación nacional

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LEY 17041

TELECOMUNICACIONES

Servicios de telefonía y radiotelegrafía. Jurisdicción provincial. Derogación

sanc. 30/11/1966; promul. 30/11/1966; publ. 14/12/1966

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Derógase la ley 16585 .

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Onganía – Martínez Paz

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU81830