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Decreto 625/2003
PRESIDENCIA DE LA NACION
Dase por incluido al Subdirector General de Ceremonial de la Coordinación General de la Unidad Presidente, con carácter de excepción, en los beneficios acordados por el Decreto N° 1840/86.
Bs.As., 21/8/2003
VISTO los Decretos N° 1840/86, sus modificatorios y complementarios y N° 77 de fecha 29 de mayo de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que por el acto citado en primer término se establece la compensación por mayores gastos en que incurran los funcionarios que sean convocados para cumplir funciones de nivel político en el PODER EJECUTIVO NACIONAL y que tengan residencia permanente en el interior del país a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.
Que por el Decreto N° 77 de fecha 29 de mayo de 2003, se designó Subdirector General de Ceremonial de la COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE al señor Rubén Andrés ZACARIAS.
Que el funcionario nombrado en el párrafo anterior no se desempeña en un cargo al que se refiere el Decreto N° 1840/86, sus modificatorios y complementarios, no obstante y dada la naturaleza de las tareas que desempeña, amerita asignarle, con carácter de excepción, dicha compensación.
Que el mencionado funcionario ha acreditado su domicilio en la Provincia de Santa Cruz, por medio de su documento de identidad y certificado de domicilio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por incluido, con carácter de excepción, en los beneficios acordados por el Decreto N° 1840/86, sus modificatorios y complementarios, a partir de la fecha de posesión del cargo y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones, al Subdirector General de Ceremonial de la COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE señor Rubén Andrés ZACARIAS (D.N.I.N° 17.734.249).
ARTICULO 2° El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 2001 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72226