Legislación nacional

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Buenos Aires, 23 de abril de 1998

Buenos Aires, 23 de abril de 1998.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Utilícese, en el ámbito del Gobierno de la Ciudad, la denominación «personas con necesidades especiales», para todas aquellas que tuvieren algún tipo de discapacidad.

Artículo 2º – Comuníquese, etc.

ENRIQUE OLIVERA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 22

Sanción: 23/04/98

Promulgación: Decreto N° 916/98 del 18/05/98

Publicación: BOCBA N° 456 (Separata) del 29/05/98

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU80529