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DECRETO 2122/1991

CULTURA

Recursos destinados a la finalidad cultura y educación. Distribución permanente de recursos

del 10/10/1991; publ. 18/10/1991

Visto el art. 4 de la ley 23906, y

Considerando:

Que los gravámenes destinados a la finalidad cultura y educación y asignados a provincias se venían distribuyendo provisoriamente sobre la base de las proporciones previstas en los arts. 3 inc. c) y 4 de la ley 23548.

Que como consecuencia de la afectación específica de los recursos se debían considerar parámetros de distribución entre provincias relacionados con el destino de los fondos.

Que no hubo unanimidad en el Consejo Federal de Cultura y Educación sobre la fórmula permanente de distribución.

Que corresponde al Poder Ejecutivo establecer la forma de distribución de acuerdo a indicadores de establecimientos, cargos en ejercicio efectivo de la docencia y matrículas.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Establécese la distribución permanente de los recursos destinados a la finalidad cultura y educación asignados a las provincias por el art. 4 de la ley 23906, de acuerdo a los prorrateadores indicados en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – Cavallo

Anexo

ANEXO AL ART. 1

PORCENTAJE DE DISTRIBUCIÓN DE LAS PROVINCIAS

Provincias]]>

Provincias

Prorrateador

Prorrateador

Prorrateador

Prorrateador

Distribuidor

 

Establecimientos 30%

Docentes 30%

Alumnos 30%

Densidad poblacional 10%

Art. 1 total (%)

Buenos Aires

7,606

10,419

11,143

 

29,168

Catamarca

0.612

0,374

0,337

0,860

2,183

Córdoba

2,966

2,736

2,372

 

8,074

Corrientes

1,301

1,106

1,024

0,190

3,621

Chaco

1,609

1,646

1,196

0,280

4,731

Chubut

0,316

0,482

0,416

0,970

2,184

Entre Ríos

1,756

1,026

0,966

 

3,748

Formosa

0,744

0,608

0,598

0,600

2,550

Jujuy

0,653

0,747

0,813

0,110

2,323

La Pampa

0,419

0,310

0,257

0,940

1,926

La Rioja

0,480

0,255

0,269

0,870

1,874

Mendoza

1,279

1,163

1,408

0,130

3,980

Misiones

1,033

0,980

0,953

 

2,966

Neuquén

0,598

0,772

0,555

0,700

2,625

Río Negro

0,611

0,823

0,728

0,880

3,042

Salta

1,196

1,015

1,285

0,540

4,036

San Juan

0,605

0,591

0,575

0,510

2,281

San Luis

0,602

0,268

0,277

0,740

1,887

Santa Cruz

0,201

0,392

0,226

1,070

1,889

Santa Fe

2,808

2,302

2,547

 

7,657

Sgo. del Estero

1,423

0,839

0,931

0,610

3,803

Tucumán

1,182

1,146

1,124

 

3,452

Total

30,000

30,000

30,000

10,000

100,000

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU87132