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Decreto 611/2005

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Danse por prorrogados los términos establecidos en los Decretos Nros.782/2003, 854/ 2003 y 903/2004, respecto de los cargos de Directores, de Infraestructura y Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración y Gestión Financiera.

Bs.As., 6/6/2005
VISTO la Ley Nº 25.967, los Decretos Nros.491 de fecha 12 de marzo de 2002, 782 del 15 de septiembre de 2003, 854 del 30 de septiembre de 2003 y 903 del 15 de julio de 2004 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, y CONSIDERANDO:

Que por la citada ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005.

Que el Decreto Nº 491/02 estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 782 del 15 de septiembre de 2003 se cubrieron en el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA los cargos con Funciones Ejecutivas de Director de Infraestructura y de Director de Contabilidad y Finanzas, este último dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que por Decreto Nº 854 del 30 de septiembre de 2003 se cubrieron los cargos de Director General de Asuntos Jurídicos y de Director General de Administración y Gestión Financiera, también dependientes de la SUBSECRETARIA COORDINACION ADMINISTRATIVA de la Jurisdicción mencionada en el considerando precedente.

Que las designaciones transitorias mencionadas se realizaron con carácter de excepción a lo previsto por el artículo 18 de la Ley Nº 25.725 y por el Título III, Capítulo III y en el artículo 71 —primer párrafo, primera parte — del Anexo I del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995).

Que en el artículo 2º del Decreto Nº 782/03 y en el artículo 3º del Decreto Nº 854/03 se estableció que los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de las respectivas designaciones transitorias.

Que por Decreto Nº 903 del 15 de julio de 2004 se ha prorrogado por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura de cargos en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar nuevamente en el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el término fijado en el artículo 2º del aludido Decreto Nº 782 del 15 de septiembre de 2003 y en el artículo 3º del mencionado Decreto Nº 854 del 30 de septiembre de 2003.

Que los referidos cargos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Danse por prorrogados por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles los términos establecidos en el artículo 2º del Decreto Nº 782 del 15 de septiembre de 2003, en el artículo 3º del Decreto Nº 854 del 30 de septiembre de 2003 y en el artículo 1º del Decreto Nº 903 del 15 de julio de 2004, con respecto a los cargos de Director de Infraestructura (Nivel A con Función Ejecutiva II), Director de Contabilidad y Finanzas (Nivel B con Función Ejecutiva II), este último dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y GESTION FINANCIERA, de Director General de Asuntos Jurídicos (Nivel A con Función Ejecutiva II) y de Director General de Administración y Gestión Financiera (Nivel A con Función Ejecutiva I), respectivamente, todos pertenecientes a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Daniel F.Filmus.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76032