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6BOLETO DE COMPRAVENTA INMOBILIARIA PARA TERRENO EN MENSUALIDADES (LEY 1005).__ (BOLETO DE COMPRAVENTA) PRELIMINAR (A- PARTES) Entre … (nombre del martillero o firma Inmobiliaria interviniente), con domicilio en …, actuando en este acto como «VENDEDOR», según autorización conferida por …, cuya copia se exhibe, por una parte y el Sr. … (DNI. …, CUIT./CUIL. …), con domicilio en …, denominado el “COMPRADOR», por la otra, celebran este Boleto de Compraventa de Lote de Terreno en Mensualidades (ley 1005), sujeto a las declaraciones y cláusulas (estipulaciones o condiciones) siguientes: PRIMERA (I- OBJETO) El VENDEDOR vende al COMPRADOR y este compra el lote de terreno designado en el plano de subdivisión, del que se adjunta copia con el Nº… de la Manzana … del loteo conocido con el nombre de Barrio «… », situado en la localidad de …, Partido de …, Provincia de …, con frente a la calle …, entre las calles … y …, con una superficie total de … metros cuadrados y que linda por sus costados con los Lotes Nº… y … y por el fondo con el Lote Nº…, de la misma manzana, de propiedad de …, en adelante denominado “LOTE”. SEGUNDA (II- PRECIO) El precio total del LOTE será la suma de …<pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)>, pagaderos con las modalidades siguientes: 1- en … (…) mensualidades adelantadas de … (…), de las cuales el COMPRADOR abona en este acto … (…) cuotas por la suma de … <pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)>, mediante …(algún medio de los previstos por la ley 25.345), sirviendo el presente como suficiente recibo; 2- las restantes serán pagadas puntualmente del 1º al 10 de cada mes por adelantado a partir del día …/…/.., en el domicilio de calle … Nº… de la localidad de …, o donde lo determine el VENDEDOR, quién le comunicará en forma fehaciente, obligándose asimismo el COMPRADOR a notificar en la misma forma todo cambio de domicilio, a éste y todos los demás efectos del presente Boleto de Compraventa. TERCERA (III- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS) El VENDEDOR deja constancia que ha cumplido con los requisitos de la ley 1005 y que el dominio del LOTE que vende se encuentra inscripto bajo el Nº…, siendo el título perfecto según certificación del escribano (notario) … titular del Registro Nº…, de …, con domicilio en … CUARTA (IV- PACTO COMISORIO) Hasta tanto no se encuentre totalmente saldada la deuda, queda acordado el Pacto Comisorio en las condiciones de los artículos 7 y 8 de la ley 1005. QUINTA (V- MORA) Sin perjuicio de lo precedentemente acordado ante la mora en cancelar TRES (3) mensualidades, sean o no consecutivas, el VENDEDOR podrá exigir del COMPRADOR el saldo total del precio adeudado, como si la obligación fuese de plazo vencido, más y acumulativamente intereses al … (…) por ciento mensual desde la mora, quedando sin efecto los plazos otorgados para el pago del precio. SEXTA (VI- INTERÉS PUNITORIO) Las mensualidades que no se paguen puntualmente en las fechas pactadas, a más de los intereses fijados anteriormente, tendrán un interés punitorio del … (…) por ciento mensual por cada cuota. SÉPTIMA (VII- VÍA JUDICIAL) 1- En caso que por aplicación de las cláusulas anteriores, el VENDEDOR llegara a la vía judicial, podrá solicitar la venta de la finca (propiedad inmueble) con todas las mejoras introducidas, por intermedio del martillero o corredor inmobiliario que él designe, con la base del saldo del precio adeudado hasta ese día. 2- Esta cláusula regirá para el caso de haberse otorgado la escritura y posesión, rigiendo asimismo en la hipoteca que se constituya. OCTAVA (VIII- IMPUESTOS Y TASAS) 1- Todos los impuestos y tasas que graven a la propiedad desde la fecha de venta serán a cargo del COMPRADOR, quién los mantendrá al día, pudiendo el VENDEDOR exigir la exhibición de los comprobantes de pago. 2- El incumplimiento de esta obligación por el COMPRADOR producirá su mora, con los efectos estipulados en las cláusulas anteriores. NOVENA (IX- PAVIMENTACIÓN) El COMPRADOR no podrá contratar por su cuenta con empresas constructoras la pavimentación de la calle frente al LOTE, sin el consentimiento del VENDEDOR. DÉCIMA (X- ESCRITURACIÓN) 1- La escritura traslativa del dominio se otorgará ante el escribano (notario) que designe el VENDEDOR, oportunidad cuando se constituirá la hipoteca por el saldo de precio, en los … (…) días de la firma del presente Boleto de Compraventa, siendo todos los gastos a cargo del COMPRADOR. 2- Los gastos y honorarios que demandare la escrituración serán a cargo del COMPRADOR, salvo los impuestos que por ley recaigan sobre el VENDEDOR, aunque el “estudio de títulos” lo cargarán las partes por mitades. UNDÉCIMA (XI- INCOMPARECENCIA) Para el caso que citadas las partes por el escribano (notario) interviniente, no concurriera alguna en los cinco (5) días hábiles posteriores a cumplir las obligaciones contractuales, habrá una “cláusula penal” en favor de la otra parte de … <pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)> que será independiente de la demanda que podrá entablar para exigir el cumplimiento del presente o reclamar daños y perjuicios. DUODÉCIMA (XII- COMISIÓN) Las partes reconocen a … una retribución del … (…) por ciento cada una del monto total de esta compraventa imputada a comisión por su intermediación en este acto. DECIMOTERCIA (XIII- DOMICILIOS) Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, el VENDEDOR constituye domicilio en … y el COMPRADOR en … donde tendrán validez toda notificación. DECIMOCUARTA (XIV- COMPETENCIA) Para todos los efectos legales sean extra o judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales … de … con exclusión de todo otro fuero. DECIMOQUINTA (XV- FIRMAS E INSTRUMENTACIÓN) Se firman … (…) ejemplares de igual tenor y a similar efecto más cada parte recibe el suyo en este acto. DECIMOSEXTA (XVI- LUGAR Y FECHA) Celebrado en … (localidad, ciudad o pueblo, partido o departamento), a los … días del mes de … del año .. <<<NOTAS: 1- Ver “Limitaciones a pagos con efectos cancelatorios en efectivo (ley 25.345) y reajustes (ley 23.928)”
. 2- Por imperio del art. 765 del CCyC, el deudor podría pagar los dólares por su equivalente en pesos al “cambio oficial”. 3- Dice le ley 1005, art. 7º – El comprador podrá reclamar la escrituración después de haber satisfecho el veinticinco por ciento del precio, siendo esa facultad irrenunciable y nula toda cláusula en contrario, pudiendo el vendedor exigir garantía hipotecaria por el saldo de precio. art. 8º – El pacto comisorio por falta de pago, no podrá hacerse valer después que el adquirente haya abonado la parte de precio que se establece en el artículo anterior, o haya realizado construcciones equivalentes al cincuenta por ciento del precio de compra.>>>