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JURISPRUDENCIAHonorarios. Pautas de regulación. Artículos 1, 16, 19 y 21 de la ley arancelaria
En el marco de un juicio por daños y perjuicios, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-
Así las cosas, en consonancia con los términos de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N°27/18, monto del acuerdo de pago obrante a fs. 349, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,16,19 y 21 de la ley arancelaria como así también la índole de la labor desplegada por los diferentes profesionales, corresponde modificar la regulación de fs. 353 a favor del mediador, Dr. A G, la que se fija en … UHOM, que a la fecha de este decisorio equivalen a PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 4800) mientras que se confirman los fijados a favor del perito ingeniero, J A. B, los del perito psicólogo A M y los del perito médico, Dr. Héctor H. E que, a la fecha de este decisorio equivalen a … UMA.-
Comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la C.S.J.N.en la forma de práctica y devuélvase. EL Dr. Ricardo Li Rosi no interviene por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del RJN).-
SEBASTIÁN PICASSO
HUGO MOLTENI
034808E
Cita digital del documento: ID_INFOJU117020