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DECRETO 1393/1996
PODER EJECUTIVO
Comisión Cascos Blancos. Estructura organizativa. Modificación
del 3/12/1996; publ. 10/12/1996
Visto los decretos 1131 del 13 de julio de 1994, 1040 del 7 de julio de 1995, 379 del 28 de agosto de 1995, 660 del 24 de junio de 1996 y 949 del 15 de agosto de 1996, y
Considerando:
Que por el decreto citado en segundo término se aprobó la estructura organizativa de la Comisión Cascos Blancos.
Que por el decreto 558/1996 se estableció la obligación para cada jurisdicción de presentar una nueva propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de dirección nacional, general o equivalentes o primer nivel operativo con dependencia directa de los niveles políticos, a cuyo fin se tomará como base la organización de niveles políticos establecida en el decreto 660/1996 .
Que esta nueva estructura organizativa se adecua a los criterios de reforma administrativa por cuanto fusiona dos de sus direcciones.
Que la medida programada no implica incremento en las partidas presupuestarias asignadas a la jurisdicción para el presente ejercicio.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Modifícase la estructura organizativa de la Comisión Cascos Blancos de la Presidencia de la Nación, de conformidad con el organigrama, objetivos y acciones y planta permanente, que como anexos I, II y III, respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2. El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la jurisdicción 2001 programa 18 Secretaría General de la Presidencia de la Nación.
Art. 3. Facúltase al presidente de la citada comisión a ejercer las atribuciones vigentes y las que se dicten en el futuro en materia de administración de personal. En caso de ausencia del presidente de dicha comisión, las referidas facultades podrán ser ejercidas por el vicepresidente segundo del organismo.
Art. 4. Comuníquese, etc.
Menem Rodríguez Corach
Anexo I
Presidencia de la Nación
Vocales
Comisión Cascos Blancos Presidente Vicepresidente primero Vicepresidente segundo
Gabinete
Unidad operativa
Dirección Técnico-administrativa
Anexo II
COMISIÓN CASCOS BLANCOS
OBJETIVOS
Planificar y conducir la gestión global de la Comisión Cascos Blancos en sus aspectos estratégicos, políticos, institucionales, administrativos y financieros, a fin de asegurar las acciones tendientes a la creación y funcionamiento de un cuerpo internacional dedicado a combatir las expresiones más extremas de pobreza, el hambre, la desnutrición y los déficit en materia de sanidad, educación e infraestructura social y económica.
Asistir al presidente de la Nación en el establecimiento, coordinación y ejecución de un Cuerpo de Voluntarios, en el marco de la Iniciativa Cascos Blancos.
Celebrar acuerdos con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, tendientes a la obtención de recursos necesarios para el cumplimiento del objetivo de la comisión.
UNIDAD OPERATIVA
ACCIONES
Efectuar y coordinar tareas de enlace y cooperación con organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales.
Entender en la preparación, organización y desarrollo de las misiones humanitarias de la Iniciativa Cascos Blancos que lleven a cabo en el exterior las autoridades del organismo y las que las delegaciones extranjeras realicen en nuestro país.
Proponer planes y programas relativos a la actuación del Cuerpo de Voluntarios.
Definir mediante instructivos generales y supervisar las actividades de investigación, evaluación técnica y capacitación de las áreas respectivas.
Coordinar acciones conjuntas con otros organismos intervinientes en situaciones de emergencia.
DIRECCIÓN TÉCNICO ADMINISTRATIVA
ACCIONES
Entender en el control, tramitación y registro de los actos administrativos y convenios suscriptos por el organismo y de toda otra actuación que ingrese o egrese del mismo.
Asistir a la comisión como unidad de apoyo técnico legal.
Efectuar las tramitaciones vinculadas con los recursos humanos, financieros, materiales y de organización de la comisión.
Coordinar el accionar administrativo de la comisión con otros organismos del Poder Ejecutivo nacional.
Anexo III
PLANTA PERMANENTE
Agrupamiento General.
Jurisdicción: Presidencia de la Nación.
COMISIÓN CASCOS BLANCOS
Actividad Presup.
Descripción de la actividad
Unidad organizativa
A
B
C
D
E
F
Subtotal
02
Lucha contra el hambre y la pobreza
Comisión Cascos Blancos
1
1
1
3
Unidad operativa
2
2
2
6
Dirección Técnico-administrativa
1
3
2
6
Totales
2
3
5
5
15
Cita digital del documento: ID_INFOJU85857