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DECRETO 150/1980
EDUCACIÓN
Régimen de calificaciones, exámenes y promociones. Modificación
del 28/01/1980; publ. 01/02/1980
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Sustitúyanse los textos de los incs. 1, 3 y 4 del art. 1 del decreto 825 del 15 de febrero de 1972 modificado por los decretos 676 del 13 de marzo de 1975 y 1043 del 18 de abril de 1977, por los siguientes:
1) El curso escolar se dividirá en tres trimestres.
3) La nota trimestral será el promedio de las calificaciones obtenidas en la actividad del trimestre.
4) El promedio anual de siete (7) puntos determinará la aprobación de la asignatura y la exención del examen general, siempre que el alumno esté calificado en los tres trimestres y el promedio obtenido en el tercer trimestre no sea inferior a cuatro (4).
Art. 2.– La modificación mencionada en el art. 1 regirá a partir del término lectivo de 1980, en los establecimientos de enseñanza media dependientes del Ministerio de Cultura y Educación.
Art. 3.– El Ministerio de Cultura y Educación dictará las normas reglamentarias pertinentes para la aplicación de este decreto.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Videla – Llerena Amadeo
Cita digital del documento: ID_INFOJU86126