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DECRETO 164/1999

ÉTICA PÚBLICA

Presentación de la declaración jurada patrimonial integral. Obsequios a funcionarios públicos. Incompatibilidades y conflictos de intereses. Régimen. Reglamentación

del 28/12/1999; publ. 07/01/2000

El presidente de la Nación Argentina decreta:

CAPÍTULO I:

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.– El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos será la autoridad de aplicación de la ley 25188 en el ámbito de la Administración Pública nacional. Podrá dictar los reglamentos, instrucciones y dictámenes necesarios para su ejecución.

CAPÍTULO II:

DE LA DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL

Art. 2.– La presente reglamentación se aplicará a la declaración jurada patrimonial integral de los funcionarios indicados en los incs. a), f), g), h) -con exclusión de los funcionarios de la Auditoría General de la Nación- j), k), l), m), n), o), p), q), t), u) del art. 5 de la ley 25188, los asesores del presidente, vicepresidente, jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo nacional.

Art. 3.– La declaración jurada patrimonial integral deberá contener el detalle de los bienes, ingresos y egresos, originados en el país o en el extranjero, en los términos del art. 6 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública. Los funcionarios indicados en el art. 2 tienen la obligación de llenar un formulario para el cónyuge, conviviente o hijos menores en caso de que cualquiera de éstos tuvieran bienes propios.

Art. 4.– La declaración jurada patrimonial integral deberá ser presentada dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de asunción del cargo y del cese en las funciones, y anualmente antes del 31 de diciembre de cada año, según el cronograma de presentación de declaraciones que determine la Oficina Anticorrupción.

Art. 5.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 5.- (Texto originario) El funcionario comprendido en este régimen debe presentar la declaración jurada patrimonial integral en original y dos copias. La información de la declaración exenta de publicidad según lo establecido por el art. 18 del presente decreto, se realizará en un solo ejemplar y en sobre cerrado. Ambas presentaciones deberán ser efectuadas ante la oficina de personal, administración o recursos humanos de la jurisdicción u organismo en que el agente preste servicios.

Art. 6.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 6.- (Texto originario) Al momento de la presentación de la declaración jurada patrimonial integral, la oficina de personal, administración o recursos humanos de cada jurisdicción u organismo extenderá al funcionario declarante un recibo provisorio. Esta dependencia será responsable de llevar un registro de los funcionarios obligados a la presentación, en el cual deberá dejar constancia del cumplimiento.

Art. 7.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

7.- (Texto originario) El responsable de la oficina receptora de la declaración jurada patrimonial integral, previa autenticación de las copias acompañadas, deberá remitir tales ejemplares en sobre cerrado a la Comisión Nacional de Ética Pública y a la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respectivamente, dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de vencimiento del término para su presentación. La información de la declaración jurada patrimonial integral exenta de publicidad deberá ser remitida en plazo similar a la Comisión Nacional de Ética Pública.

Art. 8.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 8.- (Texto originario) La remisión de las declaraciones juradas patrimoniales integrales por parte de las respectivas dependencias deberá ser acompañada por una nómina detallada de los funcionarios que hubieran presentado o no dicha declaración una vez vencido el plazo de intimación previsto en los arts. 8 y 9 de la ley 25188. La no remisión en el plazo establecido, sin causa debidamente justificada, del listado de agentes obligados y/o de la declaración jurada patrimonial integral será considerada falta del agente responsable del organismo receptor.

Art. 9.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 9.- (Texto originario) Vencido el plazo de presentación de la declaración jurada patrimonial integral sin que ésta se hubiera realizado, la respectiva oficina de personal, administración o recursos humanos, deberá intimar y notificar fehacientemente al responsable para que dentro del plazo previsto en los arts. 8 y 9 de la ley 25188 proceda a su cumplimiento. El incumplimiento de la intimación deberá ser notificado a la Oficina Anticorrupción, y a la máxima autoridad de la cual el funcionario dependa a fin de que se disponga la instrucción de las respectivas actuaciones sumariales a través de la Procuración del Tesoro de la Nación o del servicio jurídico correspondiente. Asimismo, la Oficina Anticorrupción formulará la denuncia penal ante las autoridades judiciales competentes.

Art. 10.– Sin perjuicio de lo establecido en el art. 8 de la ley 25188, el incumplimiento de la presentación de la declaración jurada patrimonial integral, podrá dar lugar a la suspensión de la percepción de haberes por parte del agente incumplidor, hasta que satisfaga su obligación.

Art. 11.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 11.- (Texto originario) La Oficina Anticorrupción controlará que la declaración jurada patrimonial integral se encuentre debidamente confeccionada y completa, extendiendo el recibo definitivo en caso de que así fuera. Cuando se detecten errores u omisiones, deberá requerirse al funcionario declarante que salve las deficiencias que se señalen dentro del plazo de cinco días hábiles. El incumplimiento por parte del requerido será considerado falta grave. El recibo definitivo emitido por la Oficina Anticorrupción será remitido a los funcionarios por intermedio de la oficina de personal, administración o recursos humanos de la respectiva jurisdicción u organismo al que pertenezca.

Art. 12.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 12.- (Texto originario) El recibo que extienda la Oficina Anticorrupción no implicará pronunciamiento alguno acerca de los datos consignados en la declaración jurada patrimonial integral.

Art. 13.– La Oficina Anticorrupción podrá efectuar todos los controles necesarios y solicitar al funcionario declarante las aclaraciones que considere pertinentes.

Art. 14.– El plazo de guarda de la declaración jurada patrimonial integral será de diez años contados a partir de la fecha de cese del funcionario o por el plazo que impongan las actuaciones administrativas o judiciales que lo involucren.

Art. 15.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 15.- (Texto originario) El contenido de la declaración jurada patrimonial integral del funcionario y, en su caso, del cónyuge, conviviente e hijos menores, tendrá carácter público y podrá ser consultado en la Oficina Anticorrupción de acuerdo a las condiciones establecidas por el art. 10 de la ley 25188.

Art. 16.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 16.- (Texto originario) El fiscal de Control Administrativo o el funcionario de la oficina que designe será responsable de otorgar las autorizaciones a los pedidos de consulta en un plazo que no exceda los tres días hábiles.

Art. 17.– Las personas que consulten las declaraciones juradas estarán sujetas a las obligaciones y sanciones previstas en el art. 11 de la ley 25188. La Oficina Anticorrupción reglamentará y aplicará el régimen de sanciones y procedimiento que garantice el derecho de defensa de las personas que violaren la disposición antes citada, en tanto no se constituya la Comisión Nacional de Ética Pública.

Art. 18.– Estará exenta de publicidad, la información contenida en la declaración jurada patrimonial integral relativa a:

a) El nombre del banco o entidad financiera en que tuviese depósito de dinero:

b) Los números de las cuentas corrientes, de cajas de ahorro, cajas de seguridad y tarjetas de crédito y sus extensiones;

c) Las declaraciones juradas sobre impuesto a las ganancias o bienes personales no incorporados al proceso económico;

d) La ubicación detallada de los bienes inmuebles;

e) Los datos de individualización o matrícula de los bienes muebles registrables;

f) Cualquier otra limitación establecida por las leyes.

Art. 19.– La información prevista en el artículo anterior sólo podrá ser entregada a requerimiento de autoridad judicial o de la Comisión Nacional de Ética Pública. Podrá ser consultada por el Fiscal de Control Administrativo por decisión fundada del Ministro de Justicia y Derechos Humanos. En este supuesto se deberá comunicar esta circunstancia al funcionario de que se trate.

Art. 20.– El listado de las declaraciones juradas de las personas señaladas en el art. 2 del presente decreto, que hayan o no presentado sus declaraciones juradas patrimoniales integrales, deberá ser publicado en el plazo de noventa días de recibido en la Oficina Anticorrupción, en el Boletín Oficial e Internet.

CAPÍTULO III:

DEL RÉGIMEN DE OBSEQUIOS

A FUNCIONARIOS PÚBLICOS

Art. 21.– Los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios, donaciones, beneficios, gratificaciones, sean de cosas, servicios o bienes, cuando se realicen con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones. La autoridad de aplicación reglamentará aquellos casos que por razones de amistad, cortesía, protocolo o costumbre diplomática, no se encuentren alcanzados por este régimen.

CAPÍTULO IV:

DEL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

Y CONFLICTOS DE INTERESES

Art. 22.– Los funcionarios deberán completar una declaración sobre el cumplimiento del régimen de incompatibilidades y conflicto de intereses en los términos de los arts. 13 a 16 de la ley 25188.

Art. 23.– La autoridad de aplicación resolverá sobre las situaciones particulares de oficio o a pedido de los interesados.

CAPÍTULO V:

NORMAS TRANSITORIAS

Art. 24.– (Derogado por decreto 808/2000, art. 2 )

Art. 24.- (Texto originario) Hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Ética Pública, los sobres con la información exenta de publicidad según lo establecido en el art. 18 del presente decreto, serán remitidos a la Oficina Anticorrupción, la que los mantendrá en depósito.

Art. 25.– Todos los funcionarios que hubiesen cesado en el cargo a partir del 1 de diciembre de 1999 deberán actualizar sus declaraciones juradas conforme el régimen vigente.

Art. 26.– Hasta que la autoridad de aplicación establezca un formulario definitivo, las declaraciones se presentarán en los formularios que se acompañan como anexo del presente decreto conforme el instructivo correspondiente.

Art. 27.– Comuníquese, etc.

De La Rúa – Terragno – Gil Lavedra.

Anexo

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

OFICINA ANTICORRUPCIÓN

Declaración Jurada Nº …………………..

Consignar el Nº de D.N.I./L.C./L.E. del agente declarante (Tachar lo que no corresponda)

Declaración Jurada Patrimonial Integral

Año …………….

I. Datos personales

01

Apellido y nombre/s completos

02

Nº de legajo

03

Estado civil

04

Fecha de ingreso a la Función Pública

05

Jurisdicción

06

Secretaría

07

Subsecretaría

08

Organismo o dependencia en que presta servicios

09

Cargo o función

10

Organismo de origen

01 – Consignar únicamente el apellido de soltera.

05 – Presidencia de la Nación o Ministerio

10 – En caso de prestar servicios como adscripto o en comisión se deberá consignar, además, el organismo de origen.

II. Datos del cónyuge e hijos menores no emancipados

a. Apellido y nombre/s completos

b. Vínculo

c. Profesión. Ocupación

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

04

 

 

 

05

 

 

 

06

 

 

 

07

 

 

 

a. Consignar únicamente el apellido de soltera.

b. Cónyuge o hijos menores no emancipados. En el supuesto que el cónyuge o los hijos menores no emancipados tuvieren bienes sujetos a declaración, el agente declarante deberá contemplar un formulario de Declaración Jurada Patrimonial Interna para cada uno de ellos. Las declaraciones juradas que se adjunten llevarán el número de D.N.I./L.C./L.E. del agente declarante seguido de las letras A para el cónyuge, B y siguientes para los hijos menores no emancipados.

III. Detalle de los bienes

1. Bienes inmuebles radicados en el país o en el extranjero

Posee SI o  NO o

a. Tipo

b. Ubicación (zona, localidad, ciudad, país)

c. % sobre la propiedad

d. Fecha de ingreso

e. Origen de los fondos

f. Superficie aproximada

g. Mejoras efectuadas

h. Valuación fiscal actual

01

 

 

 

 

 

 

 

 

02

 

 

 

 

 

 

 

 

03

 

 

 

 

 

 

 

 

04

 

 

 

 

 

 

 

 

05

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL  

$

a. Terreno, casa, departamento, campo, etc.

c. En caso de condominio, se deberá consignar el porcentaje sobre el cual se es propietario.

d. Mes y año de ingreso del inmueble al patrimonio.

e. Herencia, legado, donación, ingresos propios, etc. No se completará si el ingreso del bien al patrimonio es anterior a la fecha de ingreso del agente a la función pública.

f. Superficie aproximada computada para la valuación inmobiliaria.

g. Consignar el monto de las mejoras, que hubieren modificado en un porcentaje superior al 20% la valuación fiscal del inmueble realizadas durante los últimos doce meses previos a la presentación de esta declaración.

h. Última valuación fiscal impuesta en las boletas de impuestos inmobiliarios y en caso de no contar con dicho dato, se deberá precisar la valuación real estimada.

2. Bienes muebles y derechos registrables, radicados en el país o en el extranjero

 Posee  SI o  NO o

a. Tipo

b. Descripción

c. % sobre la
propiedad

d. Fecha de
 ingreso

e. Origen de
 los fondos

f. Última
valuación

01

 

 

 

 

 

 

02

 

 

 

 

 

 

03

 

 

 

 

 

 

04

 

 

 

 

 

 

TOTAL  

$

a Se deberán consignar todo tipo de bienes muebles cuyo registro hubiera impuesto la ley en forma obligatoria, por ejemplo, automotores, yates, aeronaves, patentes industriales, marcas de fábrica, caballos de carrera, y todo bien susceptible de registración legal.

b. Consignar marca, modelo y año del bien, según el caso.

c. En caso de condominio, se deberá consignar el porcentaje sobre el cual se es propietario.

e. Herencia, legado, donación, ingresos propios etc. No se completará si el ingreso del bien al patrimonio es anterior a la fecha de ingreso del agente a la función pública.

f. La valuación del bien surge de seguro actualizado en su caso, o de la valuación real estimada por el declarante a la fecha de presentación de esta declaración.

3. Otros bienes muebles no registrables que en su conjunto superen la suma
de $ 20.000 o individualmente la de $ 5.000

 Posee SI o  NO o

a. Tipo

b. % sobre la propiedad

c. Valuación

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

04

 

 

 

TOTAL  

$

a. Especificar el tipo de bien, por ejemplo, pinturas, objetos de arte, antigüedades, colecciones, instrumental, ganado, etc.

c. La valuación del bien surge del seguro actualizado en su caso, o de la valuación real estimada por el declarante a la fecha de presentación de esta declaración.

Declaración Jurada Nº ……………………

4. Títulos, acciones, fondos comunes de inversión y valores cotizables en Bolsa, en el país o en el extranjero

 Posee  SI o  NO o

a. Tipo y entidad
emisora

b. Fecha de
adquisición

c. Origen de
 los fondos

d. Valor total

01

 

 

 

 

02

 

 

 

 

03

 

 

 

 

TOTAL  

$

a. Consignar acciones ordinarias, preferidas, debentures, bonos, títulos públicos, obligaciones negociables, fondos de inversión, etc.

c. Herencia, legado, donación, ingresos propios, etc. No se completará si su ingreso al patrimonio es anterior a la fecha de ingreso del agente a la función pública.

d. Producto del valor unitario de cotización por la cantidad de acciones.

5. Títulos, acciones, valores no cotizables en Bolsa y participación en sociedades, en el país
o en el extranjero

 Posee SI o NOo

a. Tipo

b. Ramo o
actividad

c. Cantidad de acciones,
cuotas o participación
sobre el capital

d. Origen de
los fondos

e. Útima
valuación

01

 

 

 

 

 

02

 

 

 

 

 

 03

 

 

 

 

 

TOTAL  

$

a. Naturaleza de la entidad emisora, por ejemplo, S.R.L., S.A., etc.

b. Comercial, industrial, agrícola, otras.

d. Herencia, legado, donación, ingresos propios, etc. No se completará si su ingreso al patrimonio es anterior a la fecha de ingreso del agente a la función pública.

e. Valuación según el último balance efectuado o en su defecto valuación estimada a la fecha de presentación de esta declaración.

6. Depósitos en bancos y otras entidades financieras, en el país o en el extranjero

Posee SI o  NO o

a. Tipo

b. Monto en moneda
nacional

a. Tipo

b. Monto en moneda
 extranjera

01

 

 

01

 

 

02

 

 

02

 

 

03

 

 

03

 

 

04

 

 

04

 

 

a. Cuenta corriente, caja de ahorros, plazo fijo, etc.

7. Dinero en efectivo

Posee SI o  NO o

a. En moneda nacional

b. En moneda extranjera

$

 

Tipo

Monto

 

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

 

 

 

 

IV. Detalle de créditos y deudas

1. Créditos hipotecarios, prendarios y comunes

 Posee SI o  NO o

 a. Apellido/s y nombre/s o razón social del deudor

b. Monto del crédito a la fecha

01

 

 

02

 

 

03

 

 

 TOTAL  

$

b. Consignar el monto que resta percibir a la fecha de esta declaración.

2. Deudas hipotecarias, prendarias y comunes

 Posee SI o  NO o

 a. Apellido/s y nombre/s o razón social del acreedor

b. Monto de la deuda a la fecha

01

 

 

02

 

 

03

 

 

 TOTAL  

$

b. Consignar el monto que resta abonar a la fecha de esta declaración.

V. Detalle de los ingresos

1. Ingresos derivados del trabajo en relación de dependencia

 Posee SI o  NO o

a. Cargo

b. Denominación de la empresa
o nombre del empleador

c. Remuneración
mensual neta

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

04

 

 

 

TOTAL  

$

a. Quedan comprendidos los cargos desempeñados en la función pública.

c. La remuneración mensual neta surge de restarle a la remuneración bruta las retenciones de ley.

2. Ingresos derivados del ejercicio de actividades independiente: profesión, oficio, comercio, industria

 Posee SI o  NO o

a. Actividad 

b. Denominación de la empresa
o razón social

c. Ingreso anual estimado

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

TOTAL  

$

a. Contador, médico, comerciante, abogado, director de S.A., gerente de S.R.L., albacea, síndico, mandatarios comerciales, gestión de negocios, etc.

b. Si corresponde, consignar la denominación del comercio, industria, estudio, etc.

3. Ingresos derivados de los sistemas previsionales

 Posee SI o  NO o

a Tipo de beneficio

 b. Nº de beneficio

c. Monto mensual o total, según el caso

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

TOTAL  

$

a. Se deben consignar todo tipo de ingresos derivados de los sistemas previsionales, tales como jubilación, retiro o pensión o subsidios.

c. Indicar el monto mensual en los casos en que el ingreso sea periódico y total cuando se trate de una única vez.

4. Ingresos derivados de relaciones contractuales

 Posee SI o  NO o

a. Tipo y Contraparte

 b. Período que cubre

c. Monto anual estimado

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

TOTAL  

$

a. Indicar el contrato del cual proviene el ingreso, por ejemplo, fideicomiso, renta vitalicia, locación, leasing, etc., e identificación de la contraparte.

b. Indicar la fecha de inicio y terminación de la relación contractual.

c. Indicar el ingreso anual estimado, percibidos durante los últimos 12 meses previos a la presentación de esta declaración.

5. Ingresos derivados de la tenencia de títulos, valores y acciones cotizables en Bolsa,
en el país o en el extranjero

 Posee SI o  NO o

a. Cantidad de entidad emisora de
títulos, acciones, debentures, etc.

b. Fecha de adquisición

c. Fecha de venta

d. Monto de los ingresos
recibidos

01

 

 

 

 

02

 

 

 

 

03

 

 

 

 

TOTAL  

$

a. Consignar la cantidad total que se posee y la entidad emisora.

d. Indicar dividendos, intereses, etc., percibidos durante los últimos 12 meses previos a la presentación de esta declaración.

6. Otros ingresos

 Posee SI o  NO o

a. Tipo

b. Origen

 c. Fecha de ingreso

d. Monto mensual o total
según el caso

01

 

 

 

 

02

 

 

 

 

03

 

 

 

 

TOTAL  

$

a. Premios literarios, laborales, artísticos, juegos de azar, así como becas subsidios para investigación, etc.

b. Describir la fuente o entidad de la cual proviene.

c. Consignar la fecha en que se ha producido el ingreso.

d. Indicar el monto mensual en los casos en que el ingreso sea periódico y total cuando se trate de una única vez.

VI. Cargos honorarios

 

 Posee SI o  NO o

a. Denominación

b. Organismo, entidad
o institución

c. Función desempeñada

c. Vigencia de la relación

01

 

 

 

 

02

 

 

 

 

03

 

 

 

 

 TOTAL  

$

a. Consignar los cargos y/o asesorías no rentadas.

Observaciones

NOTA: Si el espacio destinado para algunos de los rubros resultara insuficiente, se continuará en hoja anexa con membrete del organismo, identificando el rubro que corresponda, la firma y aclaración del declarante y la cantidad de hojas que se acompañan. En Observaciones se aclarará toda información que el declarante estime conveniente, indicando el rubro al que pertenece.

Declaro bajo juramento que los bienes, créditos, deudas y actividades desarrolladas, denunciados precedentemente son fehacientes y actualizados a la fecha de presentación de esta declaración, tanto en el país como en el extranjero, y que no cuento con otros ingresos que los manifestados. Así también declaro que es exacta la relación de bienes de mi cónyuge e hijos menores no emancipados.

…………………….. ……………………

Lugar……………………………………………………Fecha…………………………………………………….Firma del funcionario

El funcionario deberá firmar además cada una de las hojas que integran la presente declaración.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. OFICINA ANTICORRUPCIÓN

Correspondiente a la Declaración Jurada Nº………………..

Anexo Reservado

Declaración Jurada Patrimonial Integral

Año …………….

Al consignar los datos correspondientes al presente anexo aclaratorio, se deberá respetar el mismo orden que el seguido en la Declaración Jurada Patrimonial Integral, a los efectos de mantener la correlación de éstos en cada uno de los respectivos cuadros.

I. Datos personales

01

Apellido y nombre/s completos

02

Documento tipo D.N.I./L.C/L.E.

C.I. Nº

Expedida por

03

Domicilio particular

II. Datos del cónyuge e hijos menores

no emancipados

a. Apellido y nombre/s
completos

b. Fecha de
nacimiento

c. Documento (D.N.I./L.C./L.E.)

d. Adjunta
D.J. Nº

 

 

Tipo

 

01

 

 

 

 

 

02

 

 

 

 

 

03

 

 

 

 

 

04

 

 

 

 

 

05

 

 

 

 

 

06

 

 

 

 

 

07

 

 

 

 

 

a. Consignar únicamente el apellido de soltera.

d. En el supuesto en que el cónyuge o los hijos menores no emancipados tuvieren bienes sujetos a declaración, el agente declarante deberá completar un formulario de Declaración Jurada Patrimonial Integral, para cada uno de ellos. Las Declaraciones Juradas que se adjunten llevarán el número de D.N.I./L.C./L.E. del agente declarante seguido por las letras A para el cónyuge, B y siguientes para los hijos menores no emancipados.

III. Detalle de los bienes

1. Bienes inmuebles radicados en el país o en el extranjero

a. Tipo

b. Ubicación detallada

c. Inscripción registral o
nomenclatura catastral

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

04

 

 

 

05

 

 

 

a. Terreno, casa, departamento, campo, etc.

b. Calle, número, piso, departamento, localidad, provincia, país.

c. Consignar el número de matrícula o tomo y folio en su caso. Los inmuebles aún no escriturados se identificarán por su nomenclatura catastral. De no contar con los datos requeridos, se deberán consignar aquellos que permitan su precisa ubicación. A los efectos del presente formulario, la titularidad del bien surge de la escritura y/o del boleto de compraventa, hasta que se formalice la respectiva escritura traslativa de dominio.

2. Bienes muebles y derechos registrables, radicados en el país o en el extranjero

a. Tipo

b. Descripción detallada

c. Nº patente o matrícula

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

04

 

 

 

a. Consignar todo tipo de bienes muebles cuyo registro hubiera impuesto la ley en forma obligatoria, por ejemplo, automotores, yates, aeronaves, patentes industriales, marcas de fábrica, marcas de ganado, caballos de carrera, y todo bien susceptible de registración legal.

b. Consignar marca, modelo y año, en su caso, y todo otro dato que contribuya a su correcta y completa individualización.

c. Conforme surja del respectivo Registro.

3. Otros bienes muebles no registrables que en su conjunto superen la suma de $ 20.000 o individualmente la de $ 5.000

a. Descripción detallada

01

 

 02

 

03

 

04

 

a. Consignar tipo, marca, autor según el caso, y todo otro dato que contribuya a su correcta y completa individualización de bienes tales como joyas, obras de arte, ganado, instrumental, etc.

4. Títulos, acciones, fondos comunes de inversión y valores cotizables en Bolsa, en el país o en el extranjero

a. Tipo

b. Entidad emisora

c. Cantidad

d. Valor unitario

01

 

 

 

 

 02

 

 

 

 

03

 

 

 

 

04

 

 

 

 

a. Consignar acciones ordinarias, preferidas, debentures, bonos, títulos públicos, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión, etc.

b. Nombre completo de la entidad emisora.

c. Cantidad total adquirida a la fecha de presentación de esta declaración.

Correspondiente a la Declaración Jurada Nº………………..

5. Títulos, acciones, valores no cotizables en Bolsa y participación en sociedades, en el país o en el extranjero

a. Denominación de la entidad

b. Objeto social

c. Domicilio de la entidad

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

a. Nombre completo de la entidad.

b. Consignar el conjunto de actos o categoría de actos que la sociedad se propone realizar.

c. Calle, número, piso, departamento, localidad, provincia, país.

6. Depósitos en bancos y otras entidades financieras, en el país o en el extranjero

Moneda nacional

Moneda extranjera

a. Tipo

b. Entidad y número
de cuenta

a. Tipo

b. Entidad y número
de cuenta

01

 

 

01

 

 

02

 

 

02

 

 

03

 

 

03

 

 

04

 

 

04

 

 

a. Cuenta corriente, caja de ahorros, plazo fijo, etc.

b. Nombre completo de la entidad bancaria o financiera y número de sucursal o agencia, según el caso. Si se trata de entidades extranjeras consignar, además la localidad y país de radicación.

IV. Detalle de créditos y deudas

1. Créditos hipotecarios, prendarios y comunes

 a. Apellido/s y nombre/s o razón
social del deudor

b. Identificación del bien
gravado

c. Nº de inscripción de la prenda
o hipoteca

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

a. Consignar los datos de los créditos otorgados por el declarante con garantía especial (prendarios, hipotecarios), o sin garantía (comunes).

b. Indicar el bien gravado, y todo dato que contribuya a su identificación, por ejemplo, modelo, marca y año en el caso de automotores y ubicación detallada en caso de inmuebles.

c. Consignar todo dato de inscripción de la prenda o hipoteca.

2. Deudas hipotecarias, prendarias y comunes

a. Apellido/s y nombre/s o razón
social del deudor

b. Identificación del
bien gravado

c. Nº de inscripción de la prenda
 o hipoteca

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

a. Consignar los datos de los créditos otorgados por el declarante con garantía especial (prendarios, hipotecarios), o sin garantía (comunes).

b. Indicar el bien gravado, y todo dato que contribuya a su identificación, por ejemplo, modelo, marca y año en el caso de automotores y ubicación detallada en caso de inmuebles.

c. Consignar todo dato de inscripción de la prenda o hipoteca.

V. Detalle de los ingresos

4. Ingresos derivados de relaciones contractuales

a. Tipo de contrato

b. Identificación del origen o asiento del beneficio

 01

 

 

02

 

 

03

 

 

a. Indicar el contrato del cual proviene el ingreso, por ejemplo, fideicomisos, renta vitalicia, locación, leasing, etc.

b. Consignar, según el contrato del cual se trate, los datos que permitan individualizar el ingreso. Por ejemplo, en caso de locación se deberá indicar los datos de ubicación del inmueble alquilado; en el caso de fideicomiso, la condición asumida en la relación contractual y los datos del fideicomisario; en el caso de la renta vitalicia, los datos completos del otorgantes; en el caso de leasing, los datos completos del bien, y así sucesivamente.

5. Ingresos derivados de la tenencia de títulos, valores y acciones cotizables en Bolsa, en el país o en el extranjero

a. Entidad

b. Precio de compra

c. Precio de venta

01

 

 

 

02

 

 

 

03

 

 

 

a. Nombre de la entidad emisora de los valores.

Observaciones

NOTA: Si el espacio destinado para algunos de los rubros resultara insuficiente, se continuará en hoja anexa con membrete del organismo, identificando el Rubro que corresponda, la firma y aclaración del declarante y la cantidad de hojas que se acompañan. En Observaciones se aclarará toda información que el declarante estime conveniente, indicando el rubro al que pertenece. Asimismo debe consignarse respecto de cada tarjeta de crédito y sus extensiones, el número y la entidad emisora.

Correspondiente a la Declaración Jurada Nº …………

Declaro bajo juramento que los bienes, créditos, deudas y actividades desarrolladas, denunciados precedentemente son fehacientes y actualizados a la fecha de presentación de esta declaración, tanto en el país como en el extranjero, y que no cuento con otros ingresos que los manifestados. Así también declaro que es exacta la relación de bienes de mi cónyuge e hijos menores no emancipados.

…………………….. ……………………

Lugar……………………………………………….Fecha……………………………………………….Firma del funcionario (*)

(*) El funcionario deberá firmar además cada una de las hojas que integran la presente declaración.

DECLARACIÓN SOBRE INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES

Ley 25188

Art. 13.- Es incompatible con el ejercicio de la Función Pública:

a) Dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades;

b) Ser proveedor por sí o por terceros de todo organismo del Estado en donde desempeñe sus funciones.

Art. 14.- Aquellos funcionarios que hayan tenido intervención decisoria en la planificación, desarrollo y concreción de privatizaciones o concesiones de empresas o servicios públicos, tendrán vedada su actuación en los entes o comisiones reguladoras de esas empresas o servicios.

Art. 15.- Las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en los artículos precedentes regirán, a todos sus efectos, aunque sus causas precedan o sobrevengan al ingreso o egreso del funcionario público, durante el año inmediatamente anterior o posterior, respectivamente.

Art. 18.- Estas incompatibilidades se aplicarán sin perjuicio de las que estén determinadas en el régimen específico de cada función.

Declaro bajo juramento que no me encuentro alcanzado por las normas precedentes.

………………………..

Firma

………………………..

Aclaración

………………………..

Doc. Tipo y Nº

NOTA: Si usted tiene alguna duda sobre el alcance de las disposiciones transcriptas solicite la intervención de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Referencias: L 25188: LA 19-D-4267.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU86440