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DECRETO 1757/1970
SALUD PÚBLICA
MUNICIPALIDADES
Carrera Profesional Hospitalaria. Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Aprobación
del 23/04/1970; publ. 30/04/1970
Visto: El expte. n. 110.251/70 del registro del Ministerio del Interior, por el que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires solicita la aprobación del proyecto de Reglamentación de la carrera profesional hospitalaria en ámbito de su jurisdicción, y
Considerando:
Que la carrera médica hospitalaria vigente -decreto ordenanza 14991/1957 – ha quedado totalmente superada ante los modernos requerimientos de la organización y administración sanitaria actual.
Que la norma proyectada en reemplazo de la antes mencionada comprende el conjunto de disposiciones destinadas a regular los distintos aspectos y servicios de la carrera profesional hospitalaria, involucrando en ella a todos los profesionales intervinientes, con las características propias de cada una de las ramas que comprende.
Que ello significa un serio progreso en cuanto permitirá un mejor rendimiento y una actividad convenientemente valorada del cuerpo profesional hospitalario, que redundará en positivo beneficio para la atención médica de la población.
Por ello, lo propuesto por la Secretaría de Estado de Salud Pública, que presta su apoyo transitorio hasta que sea puesta en vigencia la carrera médica nacional y lo dispuesto por la ley 16897 .
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Apruébese el cuerpo de disposiciones que comprende la carrera profesional hospitalaria para la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires que obra a fs. 3/68 del expte. n. 110.251/70 del registro del Ministerio del Interior.
Art. 2.– El presente decreto será refrendado por el señor Ministro del Interior.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Onganía – Imaz
Cita digital del documento: ID_INFOJU86611