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DECRETO 1806/1986
EMPRESAS
SOCIEDADES COMERCIALES
Empresas del Grupo Greco. Intervención. Prórroga
del 9/10/1986; publ. 16/12/1986
Visto las leyes 22229 por la que se decreta la intervención y 22334 por la que se mantiene dicha intervención en las sociedades incluidas en su anexo III, y
Considerando:
Que la ley 22334 prorrogó la intervención de la empresas incluidas en su anexo III por el término de ciento ochenta (180) días a contar desde su sanción.
Que el Poder Ejecutivo nacional, en uso de las atribuciones que le otorga el art. 3 del mismo cuerpo legal dictó, a propuesta de la autoridad de aplicación Ministerio de Economía los decretos 249/1981 , 559/1981 , 54/1981 , 575/1982 , 399/1983 y 601/1986 de fechas 18 de mayo, 2 de junio y 31 de diciembre de 1981, 10 de septiembre de 1982, 21 de febrero de 1983 y 22 de abril de 1986, respectivamente.
Que habiendo vencido el término otorgado por el último de los decretos citados se hace necesario establecer una nueva prórroga.
Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para adoptar estas medidas en virtud de las atribuciones que le son propias por el imperio del art. 86 , inc. 1) de la Constitución Nacional y, en particular, por lo dispuesto en el art. 3 de la ley 22334.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días a contar desde el vencimiento del plazo determinado en el decreto 601 de fecha 22 de abril de 1986 la intervención dispuesta por el art. 1 de la ley 22229 en las empresas comprendidas en el anexo III de la ley 22334 .
Art. 2. Comuníquese, etc.
Alfonsín Sourrouille
Cita digital del documento: ID_INFOJU86684