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Buenos Aires, 30 de diciembre de 1998
Buenos Aires, 30 de diciembre de 1998.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º – Apruébase el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y la Secretaría de Programas de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, el que como Anexo I, que a todos los efectos forma parte integrante del presente, cuyo objeto radica en la asignación de fondos, practicada por la Autoridad Nacional por a través de la modalidad de transferencias, para cumplimentar en el ámbito de los establecimientos asistenciales y sus Areas Programáticas (Centros de Salud) dependientes de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Programa Materno Infantil, en el marco del Compromiso a Favor de la Madre y el Niño, con identificación de la fuente de financiamiento de origen nacional, para programas sociales.
Artículo 2º – Comuníquese, etc.
ENRIQUE OLIVERA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 147
Sanción: 30/12/98
Promulgación: Decreto N° 168/99 del 22/01/99
Publicación: BOCBA N° 623 del 02/02/99
Cita digital del documento: ID_INFOJU81083