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DECRETO 1908/1992
RELACIONES EXTERIORES
Roma. Cierre del Consulado
del 19/10/1992; publ. 23/10/1992
Visto lo propuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y
Considerando:
Que resulta necesario adoptar medidas de economía a fin de reducir en lo posible el gasto público.
Que en este sentido se ha iniciado un proceso de reordenamiento de las representaciones diplomáticas y consulares de la República.
Que una de esas medidas es el cierre de algunas representaciones consulares en el exterior.
Que en el presente caso el motivo estrictamente económico de la decisión para nada afecta las amistosas relaciones existentes con el Gobierno de Italia.
Que la apertura de la sección consular no implicará un incremento en las erogaciones presupuestarias.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para dictar esta medida en virtud de lo dispuesto en el art. 86 , inc. 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Dispónese el cierre del Consulado de la República en Roma.
Art. 2. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto dará cumplimiento a las disposiciones del presente decreto con las medidas administrativas que fueren necesarias, determinando la efectiva fecha de cumplimiento de la presente decisión.
Art. 3. Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes serán atendidos con cargo a los créditos del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 4. Dispónese la apertura de la sección consular en la embajada de la República en la República Italiana.
Art. 5. El ministro de Relaciones Exteriores y Culto dispondrá un reordenamiento de la jurisdicción consular.
Art. 6. Comuníquese, etc.
Menem Di Tella
Cita digital del documento: ID_INFOJU86837