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Decreto Nº 439/2004
LOTERIA NACIONAL
Danse por designados, Gerente de Mercado, Subgerente Comercial, Subgerente de Habilitaciones, Subgerente de Finanzas y Jefe de Departamento Investigación y Análisis de Mercado, con carácter transitorio, en la Planta Permanente de la citada Sociedad del Estado.
Bs.As., 6/4/2004
VISTO el Expediente N° 370.298/04 del registro de LOTERIA NACIONAL S.E., los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 601 del 11 de abril de 2002, y N° 598 del 29 de marzo de 1990, y lo solicitado por la mencionada SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 598/90, en su artículo 2° se aprobó el Estatuto de LOTERIA NACIONAL S.E.por el cual se otorga al Directorio facultades para efectuar nombramientos y promociones de personal.
Que no obstante, por Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO ha designado transitoriamente y adreferendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL a los empleados Cdor.Daniel Antonio FIDANZA, Dn.Claudio Iván Fernando ALVAREZ, Lic.Guillermo Pablo ABRITTA, Cdor.Carlos Augusto CRESPI y el Lic.Enrique Martín OTERO.
Que resulta menester aprobar la propuesta de LOTERIA NACIONAL S.E.y proceder a ratificar la cobertura de los cargos de Gerente de Mercado, Subgerente Comercial, Subgerente de Habilitaciones, Subgerente de Finanzas y Jefe de Departamento Investigación y Análisis de Mercado, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de las dependencias involucradas.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL elevó al PODER EJECUTIVO NACIONAL, la nómina de postulantes a ser promovidos por el Directorio de LOTERIA NACIONAL S.E.
Que el personal involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02 reglamentario de su similar N° 491/02 y reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad requeridos para los cargos mencionados.
Que LOTERIA NACIONAL S.E., cuenta con el crédito necesario en su partida presupuestaria.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1° del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Danse por designadas, con carácter transitorio en la Planta Permanente de LOTERIA NACIONAL S.E., a partir de las fechas y en los cargos que en cada caso se indican, a las siguientes personas:Cdor.Daniel Antonio FIDANZA (M.I.12.892.058) a partir del 12 de septiembre de 2003, en el cargo de Gerente de Mercado; Dn.Claudio Ivan Fernando ALVAREZ (M.I.22.654.751) a partir del 26 de septiembre de 2003, en el cargo de Subgerente Comercial; Lic.Guillermo Pablo ABRITTA (M.I.11.120.902) a partir del 26 de septiembre de 2003, en el cargo de Subgerente de Habilitaciones; Cdor.Carlos Augusto CRESPI (M.I.20.250.589) a partir del 21 de noviembre de 2003, en el cargo de Subgerente de Finanzas y Lic.Enrique Martín OTERO (M.I.23.649.344) a partir del 10 de diciembre de 2003, en el cargo de Jefe de Departamento Investigación y Análisis de Mercado.
ARTICULO 2° Los cargos involucrados deberán oportunamente ser cubiertos de acuerdo al régimen de concurso, establecido en el CONVENIO COLECTIVO de TRABAJO N° 54/92 E de LOTERIA NACIONAL S.E., con las modalidades y en el plazo mínimo previsto en dicha norma, que se contará a partir de la notificación de las respectivas designaciones.
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de LOTERIA NACIONAL S.E.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Alicia M.Kirchner.
Cita digital del documento: ID_INFOJU78019