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DECRETO 2881/1966
POLICÍA
Ley Orgánica de la Policía Federal. Reglamentación. Modificación
del 26/4/1966; publ. 3/5/1966
Visto el expte. 61.337/66, por el que la Policía Federal solicita la modificación del art. 274 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobada por decreto 6580/1958, y
Considerando:
Que dicha petición se fundamenta en la necesidad de adecuar concordantemente el texto de dicho artículo con el del 273 del mismo cuerpo legal, que fuera modificado por decreto 8833/1963, con el objeto de colocar al personal policial en un mismo plano previsional que los afiliados a los demás regímenes civiles posibilitando el cómputo del servicio militar obligatorio.
Que las actuales prescripciones del número cuya modificación se postula, obstaculizan la obtención de los beneficios propuestos, al determinar que no serán computados, entre otros, aquellos servicios que importen una carga pública.
Por ello, y atento lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior.
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Modificar el art. 274 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal (decreto 6580/1958), en la siguiente forma:
Art. 274. No serán computados aquellos servicios civiles que con arreglo a las leyes y reglamentos que rijan para las jubilaciones, no den derecho a las mismas; aquellos que tengan el carácter de honorarios y los que importen una carga pública, exceptuándose de estos últimos los prestados en virtud de la Ley del Servicio Militar Obligatorio;
Art. 2. El presente decreto será refrendado por el ministro secretario en el Departamento del Interior.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Illia Palmero
Cita digital del documento: ID_INFOJU87929