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DECRETO 322/2002
PODER LEGISLATIVO
Sesiones ordinarias. Apertura. Fecha
del 15/2/2002; publ. 19/2/2002
En uso de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 8 de la Constitución Nacional,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Señálanse las 10.00 horas del día 1 de marzo próximo para la solemne apertura de las sesiones ordinarias del Congreso de la Nación, correspondientes al año en curso.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Duhalde Capitanich Gabrielli
Cita digital del documento: ID_INFOJU88145