Legislación nacional

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DECRETO 322/2002

PODER LEGISLATIVO

Sesiones ordinarias. Apertura. Fecha

del 15/2/2002; publ. 19/2/2002

En uso de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 8 de la Constitución Nacional,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Señálanse las 10.00 horas del día 1 de marzo próximo para la solemne apertura de las sesiones ordinarias del Congreso de la Nación, correspondientes al año en curso.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Duhalde – Capitanich – Gabrielli

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88145