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DECRETO 3296/1973
COMERCIO EXTERIOR
Derechos de exportación. Reducción. Nomenclatura de Exportación. Incorporación
del 26/04/1973; publ. 07/05/1973;
Visto el expte. 201971/1972 del Registro del Ministerio de Comercio, y
Considerando:
Que resulta conveniente rever el derecho fijado por el decreto 1579/1972 a la exportación de ciertos productos, con el fin de no perjudicar su comercialización externa.
Que en algunos casos ha sido necesario modificar la Nomenclatura de Exportación aprobada por decreto 8999/1965 , a fin de identificar productos y proceder acorde a determinar el nivel de tributación.
Que las leyes 16686 y 19370 modificada por la ley 19502 autorizan al Poder Ejecutivo Nacional a modificar la Nomenclatura de Exportación y reducir o suprimir los derechos de exportación.
Que las medidas propuestas encuadran en las Políticas Nacionales 68, 95 y 108.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Redúcese al cinco por ciento (5 %) el derecho de exportación fijado por decreto 1579/1972 para las exportaciones comprendidas en el ítem 05 08 00 05 – Oseína, de la Nomenclatura de Exportación.
Art. 2.– Elimínase el derecho del diez por ciento (10 %) fijado por decreto 1579/1972 para las exportaciones comprendidas en los ítem de la Nomenclatura de Exportación, que se detallan a continuación:
27
10
02
01
Aeronafta
27
10
02
02
Motonafta
27
10
03
01
Kerosene
Art. 3.– Incorpóranse a la Nomenclatura de Exportación, aprobada por decreto 8999/1965 , las posiciones siguientes con los derechos de exportación que se fijan por este art.
13
03
00
03
Alcachofa, incluso el extracto seco
0 %
27
16
00
02
Betunes fluidificados («cutbacks»)
0 %
27
16
00
03
Emulsiones asfálticas
0 %
Art. 4.– Las medidas dispuestas por los arts. precedentes se aplicarán a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.
Art. 5.– Comuníquese, etc.
Lanusse – García – Gordillo – Lanusse – Wehbe – Parellada
Cita digital del documento: ID_INFOJU88174