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DECRETO 3329/1975
ADUANA
PUERTOS
Introducción de café. Puerto de Posadas. Habilitación
del 12/11/1975; publ. 21/11/1975
Visto: Este expte. n. 4938/75 del Registro de la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería, en el cual se solicita la habilitación del puerto de Posadas (provincia de Misiones) para la introducción de café crudo en grano procedente de la República del Paraguay, y
Considerando:
Que aún cuando el puerto de Posadas no está habilitado para la introducción de café crudo en grano procedente del Paraguay, puede habilitarse con ese objeto ya que en dos oportunidades anteriores no se presentó inconveniente alguno.
Que en Posadas ha sido habilitada una Oficina Química donde se realizarán los análisis correspondientes.
Que se han de cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos en la reglamentación vigente sobre importación de vegetales.
Por ello, atento al dictamen legal de fs. 8, a las facultades conferidas por la ley 4084 y lo propuesto por el señor Secretario de Estado de Agricultura y Ganadería,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Habilítase el puerto de Posadas para la introducción al país de café crudo en grano procedente de la República del Paraguay, debiendo cumplirse con los requisitos establecidos por la ley 4084 y sus decretos reglamentarios, corriendo por cuenta de los interesados los gastos que se originen.
Art. 2.– Las inspecciones sanitarias correspondientes serán efectuadas por personal del Servicio Nacional de Sanidad Vegetal de la Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
De Perón – Cafiero
Cita digital del documento: ID_INFOJU88182