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DECRETO 40/2006
CONTRATO DE TRABAJO
Beneficios Sociales
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Personal del Estado. Beneficios sociales. Vales alimentarios y canastas de alimentos. Jurisdicciones y entidades. Adecuación. Plazo. Prórroga
del 12/01/2006; publ. 16/01/2006
Visto el decreto 1432 del 22 de noviembre de 2005, y
Considerando:
Que por conducto del decreto citado en el Visto se dispuso que el otorgamiento de las prestaciones previstas en el inc. c) del art. 103 bis de la ley 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, al personal comprendido en el art. 8 de la ley 24156, sólo podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo nacional.
Que el art. 2 del mencionado decreto 1432/2005 estableció que las jurisdicciones y entidades que hubieren otorgado algún beneficio de los contemplados en la norma legal antes referida, debían adecuarse a las prescripciones de aquel decreto, fijándose el 31 de diciembre de 2005 como fecha límite para ello.
Que la exigüidad del plazo establecido ha impedido a las jurisdicciones y entidades involucradas la adecuación a los términos del decreto 1432/2005 , por lo que resulta necesario conceder una prórroga a tales efectos.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el plazo establecido en el art. 2 del decreto 1432 del 22 de noviembre de 2005.
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Kirchner – Miceli – Tomada – Fernández
Referencias: Const. Nac.: LA 199-A-26 – Ley de Contrato de Trabajo -L 20744, t.o. 19-19-A-128 – L 24156: LA 19-C-3353 – D 1432/2005: LA 200-D, fasc. n. 7, p. 4.
Cita digital del documento: ID_INFOJU88519