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DECRETO 4517/1966
OBRAS PÚBLICAS
Variaciones de costos. Resolución y dilucidación de cuestiones. Doble vía. Aclaración
del 20/12/1966; publ. 1/2/1967
Art. 1. Aclárase el art. 8 del decreto 11511/1947 en el sentido de que para la dilucidación y resolución de las cuestiones referentes a variaciones de costos producidas en los contratos de obra pública, existe una doble vía a opción del contratista: una, ante la Comisión Arbitradora creada por el artículo citado, con carácter definitivo en sede administrativa salvo el recurso de revisión; y otra ante el Poder Ejecutivo por aplicación del decreto 7520/1944 ; dejándose asimismo establecido que la elección de una en cada caso concreto, excluye la utilización de la otra.
Art. 2. El presente decreto será refrendado por el señor ministro de Economía y Trabajo y firmado por el señor secretario de Estado de Obras Públicas.
Art. 3. De forma.
Cita digital del documento: ID_INFOJU88673