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LEY 15786
CONVENIOS INTERNACIONALES
MUJER
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer. Ratificación
sanc. 7/12/1960; promul. 21/12/1960; publ. 28/12/1960
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sanciona con fuerza de ley:
Art. 1.– Ratifícase la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, aprobada por la VII Asamblea General de las Naciones Unidas y suscrita por nuestro país el 31 de marzo de 1953 con la siguiente reserva:
Al art. IX: El Gobierno argentino se reserva el derecho de no someter al procedimiento indicado en este artículo, cualquier controversia directa o indirectamente vinculada con los territorios que corresponden a la soberanía argentina.
Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guzmán – Monjardín – Maffei – González
Cita digital del documento: ID_INFOJU81717