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DECRETO 494/1988
DOCENTES
Concursos para cátedras y cargos en institutos nacionales de enseñanza superior. Modificación
del 22/4/1988; publ. 4/5/1988
Visto el art. 1 del decreto 1691 del 22 de octubre de 1987, y
Considerando:
Que se ha deslizado un error involuntario en la normativa invocada en dicho artículo.
Que corresponde entonces proceder a su rectificación.
Que asimismo procede aclarar debidamente el texto de una de las normas sustituidas por dicho artículo.
Que la medida a dictarse tiene fundamento en el art. 86 , incs. 1) y 2) de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Sustitúyese el párr. 1 del art. 1 del decreto 1691 del 22 de octubre de 1987, por el siguiente:
Art. 1. Sustitúyase los aps. I, II, III, IV y V de la reglamentación del art. 139 del Estatuto del Docente (ley 14473), aprobados por el decreto 8188/1959 , y el ap. VI de la misma reglamentación, aprobados por el decreto 1433/1973 , por los siguientes…
Art. 2. Sustitúyase el texto establecido por el decreto 1691/1987 para el ap. IV párr. 1, de la reglamentación del art. 139 del estatuto del Docente (ley 14473) por el siguiente:
El personal docente auxiliar estará formado por los profesores jefes de trabajos prácticos, y los ayudantes de trabajos prácticos y su designación se efectuará por concursos ajustados a las normas que comprende a los profesores titulares y regentes, excepto las previstas en el inc. c) del ap. II de este artículo, las que, para los docentes auxiliares, serán sustituidas por las siguientes.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Alfonsín Sábato
Cita digital del documento: ID_INFOJU88828