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DECRETO 5610/1965

SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PÚBLICAS

Ampliación de actuación y atribuciones. Síndicos. Funciones

del 16/7/1965; publ. 27/7/1965

Visto lo dispuesto por la ley 13653 , modificada por la 14380 , t.o. por decreto 4053/1955 , ley 15023 y decreto ley 766, art. 13, y

Considerando:

Que el art. 3 de la ley referida modificado por el art. 27 de la ley 16432 y art. 7 del decreto ley 6190/1963, determina que el Poder Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de Hacienda designará en cada empresa del Estado un funcionario con carácter de síndico;

Que por decreto 10599/1961 se creó la Sindicatura General cuyas funciones se limitaron a las empresas que se hallan bajo la supervisión jurisdiccional de los Ministerios de Economía y de Obras y Servicios Públicos;

Que el resultado de aplicación del régimen referido aconseja extenderlo al resto de las empresas del Estado;

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– La Sindicatura general creada por el art. 2 del decreto 10599/1961, extenderá su actuación y atribuciones a todas las empresas del Estado.

Art. 2.– Los síndicos de las empresas del Estado, elevarán directamente a los ministros o secretarios de Estado jurisdiccionales según corresponda, la misma información que el art. 4 del decreto 10599/1961 determina deben elevar al Ministerio de Economía.

Art. 3.– La designación de síndicos en las empresas del Estado que funcionan en jurisdicción del Ministerio de Defensa Nacional se realizará con intervención de la Secretaría de Estado respectiva.

Art. 4.– El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en los Departamentos de Defensa Nacional y Economía y firmado por los secretarios de Estado de Guerra, Marina, Aeronáutica y Hacienda.

Art. 5.– Comuníquese, etc.

Illia – Suárez – Pugliese – Romanelli – Ávalos – Pita – García Tudero

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU89040