Legislación nacional

Tiempo estimado de lectura 3 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

Decreto 2019/2004

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase con carácter transitorio, Coordinador de Planeamiento y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la citada Secretaría.

Bs.As., 30/12/2004
VISTO la Ley N° 25.827 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2004, los Decretos Nos.993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995) y 491 del 12 de marzo de 2002, la Resolución Conjunta de la Subsecretaría de la Gestión Pública y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía N° 11 del 3 de setiembre de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y, CONSIDERANDO:

Que el artículo 7 de la citada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada Ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por la Resolución Conjunta SSGPSH N° 11/02 se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas pertenecientes a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la Coordinación de Planeamiento y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración.

Que en el citado Organismo se encuentra vacante el cargo mencionado, Nivel B, que por la particularidad de las tareas asignadas a dicha Jurisdicción, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el Artículo 7 de la citada Ley y de lo dispuesto en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O.1995).

Que la cobertura del mismo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos para la designación transitoria del citado cargo.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7 y 14 de la Ley N° 25.827 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del dictado del presente, en el cargo de Coordinador de Planeamiento y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración, Nivel B, Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel IV, de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al señor José Augusto Victorio Dante Virgilio DI NATALE (D.N.I.N° 11.949.607).

La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N° 25.827.

ARTICULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA —Decreto N° 993/91 (T.O.1995)— en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida.

ARTICULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente asignadas a la Jurisdicción.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU73245