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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
REMUNERACIONES
Sector Público. Acta Acuerdo y Anexos de PersonNameProductIDla Comisión Negociadorala Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General. Homologación. Personal del Órgano de Control de Concesiones Viales. Incrementos retributivos. Vigencia
del 06/09/2006; publ. 08/09/2006
Visto el Expediente 1.175.698/06 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias, PersonNameProductIDla Leyla Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional 24185 , PersonNameProductIDla Ley Marcola Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25164 , el decreto 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional homologado por el decreto 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 12 de mayo de 2006 de PersonNameProductIDla Comisión Negociadorala Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional, y
Considerando:
Que por la ley 24185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional y sus empleados.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la ley 24185 , se ha constituido PersonNameProductIDla Comisión Negociadorala Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional, homologado por el decreto 214/2006 .
Que las partes, en el marco previsto por el art. 6 de la ley 24185, reglamentado por el art. 5 del decreto 447/1993 y sus normas complementarias, arribaron a un acuerdo relativo al régimen retributivo del personal del Órgano de Control de Concesiones Viales (O.C.Co.Vi.), sectorial incluida en el Anexo II al Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional homologado por el decreto 214/2006 , cuya Comisión Negociadora no ha sido constituida a la fecha de la concertación.
Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del art. 11 de la ley 24185.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el art. 79, párr. 2 del Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional homologado por el decreto 214/2006 .
Que PersonNameProductIDla Comisión Técnicala Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el correspondiente dictamen.
Que en atención a las prescripciones del art. 62 de la ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias y lo dispuesto en el acta acuerdo con relación a la vigencia de lo pactado, corresponde que su instrumentación por parte del Poder Ejecutivo Nacional se formalice en el marco del art. 99 , inc. 3, de PersonNameProductIDla Constitución Nacional.la Constitución Nacional.
Que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha tomado la intervención prevista en los arts. 7 , 10 y concordantes de la ley 24185.
Que el art. 3 del Código Civil de PersonNameProductIDla República Argentinala República Argentina dispone que las leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, salvo disposición en contrario, por lo que resulta necesario el dictado de una norma que expresamente consagre la vigencia del Acta Acuerdo que se homologa por el presente, desde las fechas allí consignadas.
Que por similares motivos, cabe hacer una excepción a lo dispuesto por el art. 62 de la ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias, en este caso particular.
Que la situación en la que se dicta esta medida configura una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por PersonNameProductIDla Constitución Nacionalla Constitución Nacional para la sanción de las leyes.
Que PersonNameProductIDla Dirección Generalla Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 3, de PersonNameProductIDla Constitución Nacionalla Constitución Nacional y 14 de la ley 24185.
Por ello,
El presidente de PersonNameProductIDla Nación Argentinala Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:
Art. 1.– Homológase el Acta Acuerdo y Anexos de PersonNameProductIDla Comisión Negociadorala Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para PersonNameProductIDla Administración Públicala Administración Pública Nacional de fecha 12 de mayo de 2006, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2.– La vigencia de los incrementos retributivos para el personal del Órgano de Control de Concesiones Viales (O.C.Co.Vi.) acordados en el Acta del 12 de mayo de 2006 y Anexo será a partir del 1 de junio de 2006 y del 1 de agosto de 2006, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
Art. 3.– Dése cuenta al Honorable Congreso de PersonNameProductIDla Nación.la Nación.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Kirchner – Fernández – Fernández – Iribarne – Tomada – González García – Kirchner – Garré – De Vido – Miceli – Filmus – Taiana
Anexo
En la ciudad de Buenos Aires, a los 12 días de Mayo de 2006, en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ante el Sr. Director de Dictámenes y Contenciosos, Dr. José Elías Miguel Vera, en su carácter de Presidente de la Comisión Paritaria el Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, comparecen en representación de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio Vitobello, en representación de la Subsecretaría de la Gestión Pública, su titular, el Dr. Juan Manuel Abal Medina, y del Ministerio de Economía y Producción, el titular de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, el Lic. Raúl Rigo, y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto Perotti, el Lic. Carlos Santamaría; el Dr. Jorge Caruso; el Lic. Lucas Nejamkis, el Lic. Eduardo Salas, y la Dra. Amalia Duarte de Bortman, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la Asociación Trabajadores del Estado, los Sres. Eduardo de Gennaro, Rubén Mosquera, y en representación de la Unión del Personal Civil de la Nación, los Sres. Felipe Carrillo, Omar Auton, Hugo Spairani, y la Sra. Karina Trivisonno.
Con el objeto de continuar con la instrumentación del incremento salarial que surge de las pautas establecidas en la cláusula primera del acta de fecha 21 de abril de 2006, y en virtud del procedimiento dispuesto en la cláusula cuarta de la misma, se incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en el Órgano de Control de Concesiones Viales (O.C.Co.Vi.), en un 10% a partir del 01/06/2006; y en un 9% a partir del 01/08/2006.
Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede se fijan las remuneraciones del O.C.Co.Vi., según consta en los Anexos I y II que forman parte de la presente acta.
No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mi que certifico.
ANEXO I:
ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
REMUNERACIONES VIGENTES A PARTIR DEL 01/06/2006
Cargo
Sueldo básico
Dedicación funcional
Adicional función cargo jerárquico
Total
Gerente
2.035
2.035
2.530
6.600
Secretario General
1.980
1.980
2.090
6.050
Subgerente
1.980
1.980
990
4.950
ANEXO II:
ÓRGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
REMUNERACIONES VIGENTES A PARTIR DEL 01/08/2006
Cargo
Sueldo básico
Dedicación funcional
Adicional función cargo jerárquico
Total
Gerente
2.218
2.218
2.758
7.194
Secretario General
2.158
2.158
2.278
6.595
Subgerente
2.158
2.158
1.079
5.396
Cita digital del documento: ID_INFOJU73976