Tiempo estimado de lectura 2 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 254/2005
PRESIDENCIA DE LA NACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Transfiérese a un agente de la planta permanente del Consejo Nacional de la Mujer a la planta permanente de la Secretaría General.
Bs.As., 30/3/2005
VISTO la Ley N° 25.827 aprobatoria del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2004, distribuida por la Decisión Administrativa N° 2 del 14 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita la transferencia a su ámbito del agente de la Planta Permanente del CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel D Grado 1, señor Fernando Rubén CARDOZO.
Que con el fin de no generar incremento en la partida correspondiente al Inciso 1 Gastos en Personal, contemplado en la Decisión Administrativa N° 2 de fecha 14 de enero de 2004, se hace indispensable considerar la transferencia definitiva y la del cargo en que revista, a la planta permanente del organismo solicitante.
Que los organismos intervinientes se encuentran en condiciones de acceder a la transferencia de que se trata, no implicando la medida que se tramita menoscabo moral ni económico alguno para el agente involucrado, quien ha prestado su conformidad al respecto.
Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y de acuerdo con lo establecido por el artículo 13 del Decreto N° 977 del 6 de julio de 1995 y el inciso b), apartado IV del artículo 15 del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Transfiérese al agente Nivel D Grado 1 Dn.Fernando Rubén CARDOZO (D.N.I.N° 21.834.761), de la planta permanente del CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con su respectivo cargo y nivel escalafonario, a la planta permanente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 2° El agente transferido por el artículo 1° del presente Decreto, mantendrá su actual nivel y grado de revista alcanzada en su carrera administrativa.
ARTICULO 3° Establécese que hasta tanto se efectúe las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la medida que se propicia, se efectuará con cargo a los créditos de la jurisdicción de origen.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alicia M.Kirchner.
Cita digital del documento: ID_INFOJU75717