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DECRETO 1560/1990
SEGURIDAD INTERNACIONAL
Conflicto bélico del Golfo Pérsico. Aprobación de resolución adoptada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
del 13/8/1990; publ. 15/8/1990
Visto que la República Argentina es miembro originario de la Organización de las Naciones Unidas, cuya Carta fue aprobada por decreto 21195/1945 y ley 12838 , y ratificada el 24 de septiembre de 1945, y,
Considerando:
Que es propósito fundamental de la Organización de las Naciones Unidas el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, tomando las medidas colectivas eficaces que fueran necesarias para prevenir y eliminar amenazas a la paz.
Que el Consejo de Seguridad es el órgano competente para decidir las medidas que sean adecuadas a tal fin, de acuerdo con el cap. VII de la carta.
Que en el ejercicio de tales facultades el Consejo de Seguridad adoptó las resoluciones 660, 661 y 662 del 2, 6 y 9 de agosto de 1990 respectivamente, ante la ocupación del Estado de Kuwait por la República de Irak, que afecta la paz y la seguridad internacional, así como la soberanía, la independencia y la integridad territorial de aquel país.
Que los miembros de la Organización de las Naciones Unidas deben aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad, prestándole ayuda en las acciones que ejerza de conformidad con la carta.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 86 , incs. 1 y 2 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Apruébase la resolución 661 adoptada por el consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con fecha 6 de agosto de 1990.
Art. 2. El Poder Ejecutivo y las reparticiones y organismos públicos del Estado nacional, las provincias y las municipalidades, adoptarán en sus respectivas jurisdicciones las medidas que fuere menester para dar cumplimiento a las decisiones contenidas en la resolución que se aprueba por el artículo anterior.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Menem Cavallo Mera Figueroa
Cita digital del documento: ID_INFOJU86243