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DECRETO 1593/1996
VIALIDAD
Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires. Estructura organizativa. Aprobación
del 19/12/1996; publ. 18/2/1997
Visto lo establecido por la ley 24629 , el decreto 558 de fecha 24 de mayo de 1996, el decreto 1994 del 23 de septiembre de 1993, y lo propuesto por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y
Considerando:
Que resulta necesario proceder a dictar las normas organizativas tendientes a lograr el mejor funcionamiento de los entes públicos, conforme las pautas emergentes de la referida ley.
Que por el art. 10 del anexo I del decreto 1994/1993 se creó, en el ámbito de la ex Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones hoy Secretaría de Obras Públicas y Transporte del citado ministerio, el Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de efectuar la supervisión, inspección, auditoría y seguimiento del cumplimiento de los contratos de concesión de dichos accesos.
Que resulta necesario dotar al referido organismo de la estructura organizativa y el personal adecuado para su eficaz funcionamiento.
Que, a fin de dotarlo del marco laboral ajustado a sus necesidades, procede encuadrar al personal del aludido órgano de control en el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que en el proyecto de Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración nacional para el ejercicio 1997, en la jurisdicción 50 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, entidad 659 Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, se ha previsto el financiamiento de los cargos comprendidos en la presente norma.
Que ha tomado intervención la Unidad de Reforma y Modernización del Estado dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, creada por el art. 1 del decreto 558 de fecha 24 de mayo de 1996, según lo prescrito en el art. 36 del aludido decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud de la facultad emergente del art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Apruébase la estructura organizativa del Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de acuerdo con el organigrama, objetivos, responsabilidades primarias y acciones, y cargos que, como anexos I, II, y IIIa y IIIc, forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2. La relación laboral de los gerentes y el secretario general de atención al usuario se encuadrará en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo 20744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Art. 3. Los gastos que demande la presente medida serán imputados a la jurisdicción 50 entidad 659 programa 16 Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, del Presupuesto General de la Administración nacional para el ejercicio 1997.
Art. 4. Comuníquese, etc.
Menem Rodríguez Fernández
Anexo I
ÓRGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Secretaría de Obras Públicas y Transporte
Comisión Asesora Ad honorem
Órgano de Control. Directorio
Unidad de Auditoría Interna
Gerencia Técnica
Gerencia Económico Financiera
Gerencia de Asuntos Jurídicos
Secretaría General de Atención al Usuario
Anexo II
ÓRGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
OBJETIVOS
Ejercer la supervisión, inspección, auditoría y seguimiento del cumplimiento de los contratos de concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a la normativa vigente, a fin de asegurar la calidad y adecuada prestación de los servicios y la protección de los usuarios y los bienes del Estado. Velar por la preservación y mejoramiento del medio ambiente, en ocasión de la construcción, mantenimiento y explotación de los accesos bajo su control.
COMISIÓN ASESORA AD HONOREM
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar al directorio del órgano de control en cuestiones de directa injerencia de la provincia de Buenos Aires, los municipios afectados, los usuarios y entidades ligadas a temas viales.
ACCIONES
1. Asistir al directorio en relación a diversos temas relacionados con la problemática de las obras y servicios viales y de los usuarios en las jurisdicciones involucradas.
2. Canalizar las inquietudes y propuestas de las autoridades municipales, entidades ligadas a temas viales y asociaciones representativas.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Garantizar la implementación de un adecuado sistema de control interno y de gestión en el órgano de control, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 24156 .
ACCIONES
1. Efectuar el análisis y revisión de los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión.
2. Evaluar permanentemente la gestión operativa de cada una de las áreas.
3. Elevar al directorio del órgano de control las observaciones y recomendaciones que surjan del análisis y evaluación realizados y que permitan el mejoramiento de las actividades del organismo.
GERENCIA TÉCNICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en los aspectos técnicos y ambientales al directorio y ejercer el control del cumplimiento de los contratos de concesión en dichos temas, proponiendo la adopción de medidas regulatorias o de carácter punitivo cuando sea pertinente.
ACCIONES
1. Realizar el control de los aspectos técnicos de las concesiones, analizar y dictaminar los proyectos ejecutivos y los planes de obra y supervisar la ejecución de las mismas, realizando el control de calidad y mantenimiento y propiciando las metodologías adecuadas.
2. Analizar esquemas alternativos de instalación y funcionamiento de los sistemas de percepción de peaje.
3. Efectuar el control de la prestación de los servicios.
4. Confeccionar las actas de constatación de los incumplimientos penalizados.
5. Elaborar una planilla en la que mensualmente se registre el impacto ambiental de las obras y servicios de los accesos.
GERENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar al directorio en los aspectos de su competencia, dirigir la gestión económica, financiera, presupuestaria y patrimonial del organismo y ejercer el control del cumplimiento de los contratos de concesión en sus aspectos económico-financieros e impositivos, proponiendo la adopción de medidas regulatorias cuando lo estime pertinente.
ACCIONES
1. Elaborar el proyecto de presupuesto anual, supervisar y registrar su ejecución.
2. Efectuar las registraciones contables correspondientes y la rendición de cuentas.
3. Gestionar las contrataciones y compras necesarias.
4. Efectuar la liquidación y pago de gastos y la verificación de ingresos.
5. Diseñar las metodologías adecuadas para el seguimiento y verificación del cumplimiento de los aspectos económicos, financieros, contables e impositivos de los contratos de concesión y de las sociedades concesionarias y ponerlas en ejecución.
6. Realizar la actualización periódica de los cuadros tarifarios y verificar la publicidad de dichos cuadros por parte de las sociedades concesionarias.
7. Verificar la correspondencia de los montos de las inversiones realizadas con las obligaciones contractualmente asumidas y su correspondiente registro.
8. Efectuar el cálculo de las penalidades por todo incumplimiento o acción tardía e intereses punitorios de toda obligación dineraria morosa.
9. Controlar los montos de las garantías constituidas por las concesionarias.
GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en los asuntos jurídicos al directorio y ejercer el control jurídico de las concesiones, asegurando el cumplimiento del marco regulatorio, de los contratos de concesión y de toda otra norma aplicable, informando acerca de los desvíos o transgresiones, y proponiendo la adopción de medidas regulatorias o de carácter punitivo cuando lo estime pertinente.
ACCIONES
1. Realizar el control de los aspectos jurídicos de las concesiones y las sociedades concesionarias produciendo los dictámenes necesarios, interpretando las normas aplicables y propiciando regulaciones y/o procedimientos adecuados.
2. Asesorar jurídicamente al directorio en todo lo relacionado con su responsabilidad primaria y el funcionamiento del órgano de control, y al presidente del órgano en su carácter de representante legal del mismo, y efectuar la procuración y el diligenciamiento de las actuaciones judiciales en las que sea parte la institución.
3. Analizar desde el punto de vista jurídico las situaciones que puedan dar lugar a la aplicación del régimen punitivo de los contratos de concesión.
4. Dictaminar, con carácter previo a la toma de decisiones relacionadas con la rescisión, el rescate a la prórroga de los contratos de concesión.
SECRETARÍA GENERAL DE ATENCIÓN AL USUARIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al directorio en la formulación de las políticas, coordinando las relaciones institucionales con el Estado y la comunidad, y las relaciones internas del organismo. Garantizar los derechos de los usuarios de los accesos concesionados, a través de una adecuada comunicación, atención y resolución de sus reclamos y recepción de sus sugerencias.
ACCIONES
1. Difundir los aspectos generales de la gestión de los concesionarios, en lo que hace a la prestación de los servicios y los mecanismos existentes para efectuar los reclamos y hacer efectivos los derechos de los usuarios.
2. Atender las quejas, resolver y/o canalizar las consultas y reclamos de los usuarios, conforme las normas vigentes.
3. Desarrollar las actividades que le sean expresamente asignadas por el directorio y asistirlo en la organización de las que se encomienden.
4. Asistir a las reuniones del directorio y redactar las actas.
5. Procesar, registrar y archivar la documentación y actuaciones del organismo.
6. Instrumentar las tareas correspondientes a la administración de los recursos humanos.
ANEXO IIIA
PLANTA PERMANENTE
Jurisdicción: 50 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Entidad: 659 Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires.
Programa presupuestario: 16 Control de las concesiones de la red de accesos a la Ciudad de Buenos Aires.
Escalafón: 101.
Actividad presupuestaria
Descripción de la actividad
Unidad organizativa
Presidente
Vicepresidente
Director
Auditor interno
Subtotal
01
Actividades comunes al organismo
Unidad directorio
1
1
3
5
Unidad de auditoría interna
1
1
Totales
1
1
3
1
6
Jurisdicción: 50 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Entidad: 659 Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires.
Escalafón: 286.
Actividad Presupuestaria
Descripción de la actividad
Unidad organizativa
Secretario general
Gerente
Total
01
Actividades comunes al organismo
Gerencia Técnica
1
1
Gerencia Económico Financiera
1
1
Gerencia de Asuntos Jurídicos
1
1
Secretaría General de Atención al Usuario
1
1
Totales
1
3
4
ANEXO IIIC
DOTACIÓN GLOBAL
Jurisdicción: 50 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Entidad: 659 Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires.
Programa presupuestario: 16 Control de las concesiones de la red de accesos a la Ciudad de Buenos Aires.
Escalafón: 101/286.
Niveles escalafonarios:
Actividad presupuestaria
Unidad organizativa
Planta permanente esc. 101
Planta permanente esc. 286
Total
01
Unidad
6
4
10
Directorio
U.A.I.
Secretaría Gral. de Atención al Usuario
Gerencia Técnica
Gerencia Asuntos Jurídicos
Gerencia Económica-Financiera
Totales
6
4
10
Cita digital del documento: ID_INFOJU86307