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LEY 19487
CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenios Multilaterales
LIBROS
Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina. Adhesión
sanc. 9/2/1972; promul. 9/2/1972; publ. 18/2/1972
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. Apruébase la adhesión del Gobierno de la República Argentina al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse de Pablo Pardo
Cita digital del documento: ID_INFOJU82203