Tiempo estimado de lectura 3 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 763/2005
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Hácese lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto por un agente de la citada Jurisdicción contra la Resolución Conjunta de la ex Secretaría de la Función Pública y del entonces Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Nº 650/92.
Bs.As., 4/7/2005
VISTO el Expediente Nº 19.107/95 del registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por el que tramita el recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del Agrupamiento General del citado Departamento de Estado Don Constante Juan PIÑEIRO (M.I.Nº 8.603.025), contra la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 028 y del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Nº 650 de fecha 31 de marzo de 1992; y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución aludida se reencasilló al recurrente en el Nivel D del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).
Que posteriormente y por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 138 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Nº 1820 de fecha 26 de junio de 1996, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el peticionante.
Que a fs.35/46 el recurrente ha aportado nuevos elementos de juicio en mejora de su anterior presentación por lo que corresponde tramitar el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto (Cfr.ARTICULO 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/ 72, T.O.1991).
Que los fundamentos expuestos en su última presentación analizados en conjunción con los restantes argumentos esgrimidos ameritan, por considerárselos ajustados a derecho y a la verdad material del caso en cuestión, la revisión del criterio sostenido, resultando procedente, en consecuencia, el reencasillamiento del peticionante en el Nivel C, por lo que corresponde hacer lugar al reclamo en los términos a que se refiere el Dictamen Nº 100.784/99 de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del mencionado Departamento de Estado, obrante a fs.97/98 de las citadas actuaciones.
Que han tomado la intervención que les compete, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado intervención la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en función de lo prescripto por el artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991).
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991) y por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Hácese lugar al recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Don Constante Juan PIÑEIRO (M.I.Nº 8.603.025) contra la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 028 y del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Nº 650 de fecha 31 de marzo de 1992, estableciéndose que su reencasillamiento en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), debe efectuarse en el Nivel C.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el ejercicio en vigencia.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Rafael A.Bielsa.
Cita digital del documento: ID_INFOJU76138