Tiempo estimado de lectura 3 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 1293/2004
ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Desígnanse Subgerentes de Asesoramiento de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y de Servicios Administrativos de la Gerencia de Administración, en el ámbito del citado organismo de la órbita de la Secretaría de Obras Públicas.
Bs.As., 27/9/2004
VISTO el Expediente Nº 461/2004, del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el VISTO, se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Que por el artículo 7º de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en el ámbito del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se encuentran vacantes los cargos de Subgerente de Asesoramiento de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Subgerente de Servicios Administrativos de la Gerencia de Administración de dicha dependencia, resultando necesario proceder a su cobertura, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.
Que el Organismo antes citado propone para la cobertura de los cargos vacantes al Doctor Pablo Emilio CAMPI (DNI Nº 20.832.254) y al Contador Jorge Alberto SALERNO (DNI 10.129.356), respectivamente, designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
Que las personas designadas en la presente medida han dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.
Que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio asignado al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto Nº 1142 del 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827, y de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y por el Decreto Nº 601/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º .Desígnase al Doctor Pablo Emilio CAMPI (DNI Nº 20.832.254) Subgerente de Asesoramiento de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y al Contador Jorge Alberto SALERNO (DNI Nº 10.129.356), Subgerente de Servicios Administrativos de la Gerencia de Administración del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
ARTICULO 2º Las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.
ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio asignado al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Julio M.De Vido.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77224