Tiempo estimado de lectura 3 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 1922/2004
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por designado titular de la Coordinación de Mantenimiento, Suministros y Servicios Auxiliares, dependiente de la Dirección de Operaciones, Servicios y Mesa de Entradas.
Bs.As., 28/12/2004
VISTO la Ley N° 25.827, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1° de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante el cargo de Coordinador de Mantenimiento, Suministros y Servicios Auxiliares dependiente de la DIRECCION DE OPERACIONES, SERVICIOS Y MESA DE ENTRADAS de la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de esa Jurisdicción, Nivel C Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III, y que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al mismo, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, a partir del 1° de noviembre de 2004, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la referida Ley y por el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995).
Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de noviembre de 2004, por lo que procede designarlo con efectos a esa fecha.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el agente propuesto se encuentra exceptuado de lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02 reglamentario de su similar N° 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 14 de la Ley 25.827 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por designado, a partir del 1° de noviembre de 2004, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, en el cargo Nivel C Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III, como titular de la COORDINACION DE MANTENIMIENTO, SUMINISTROS Y SERVICIOS AUXILIARES dependiente de la DIRECCION DE OPERACIONES, SERVICIOS Y MESA DE ENTRADAS de la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al señor D.Norberto Víctor PACIOS (DNI.N° 12.956.997).Dicha designación se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 25.827.
ARTICULO 2° El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto N° 993/91 (T.O.1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la fecha de la designación transitoria.
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77569