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Decreto 475/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Desígnase con carácter transitorio Coordinador de Contratos y Pasantías de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa.

Bs.As., 20/4/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0260326/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.827 y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.827 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.

Que el Artículo 7º de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1 de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 14 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva IV de Coordinador de Contratos y Pasantías dependiente de la citada Dirección General.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O.1995.

Que la designación propiciada no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el profesional propuesto para ser designado reúne las condiciones de experiencia e idoneidad que lo habilitan para cumplir eficaz y eficientemente con los cometidos emergentes del cargo a cubrir.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y de lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Exceptúase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I del Decreto Nº 993/ 91 T.O.1995, a efectos de cubrir UN (1) cargo Nivel B, Función Ejecutiva IV, de Coordinador de Contratos y Pasantías de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del citado Ministerio.

ARTICULO 2º — Desígnase con carácter transitorio en el cargo de Coordinador de Contratos y Pasantías de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nivel B, Función Ejecutiva IV, al Contador D.Gerardo Miguel SEGHEZZO (M.I.Nº 4.398.337).

ARTICULO 3º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) aprobado por el Decreto Nº 993/91 T.O.1995, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU78079