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Decreto Nº 358/2003

MINISTERIO DE DEFENSA

Apruébanse contrataciones de personal efectuadas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/ 2001, con la finalidad de llevar a cabo Programas de Trabajo presentados por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Bs.As., 10/7/2003

VISTO la Ley Nº 25.725, y el Decreto Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Resolución MD Nº 972 de fecha 22 de noviembre de 2002, lo informado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y 

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley Nº 25.725 se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003.

Que mediante el Decreto Nº 1184/01, se estableció el nuevo régimen de Contrataciones reglamentario del artículo 47 de la Ley Nº 11.672 (T.O.1999).

Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada —en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001— en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de que aún persiste la necesidad de contar con el personal oportunamente contratado, cuya nómina se acompaña como Anexo I, resulta indispensable la instrumentación de los respectivos contratos.

Que mediante la Resolución MD Nº 972/02, se aprobaron las contrataciones de personal idóneo para llevar a cabo los Programas de Trabajo presentados por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que el gasto que demande dichas contrataciones será atendido con los créditos presu puestarios de la Subjurisdicción 4524 – ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS para el ejercicio 2003.

Que el mencionado gasto no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Apruébase la renovación de las contrataciones del personal que se detalla en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto, por el período, monto mensual y total, con función y rango indicado en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a la Subjurisdicción 4524 — ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS — para el Ejercicio 2003.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER.— José J.B.Pampuro.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72048