Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
HEMOFILIA
Ley 26.850
Amplíase beneficio acordado por Ley 25.869. Modificación.
Sancionada: Abril 24 de 2013
Promulgada De Hecho: Mayo 20 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º Sustitúyese el artículo 1º de la ley 25.869 por el siguiente:
Artículo 1º: Toda persona con hemofilia que, como consecuencia de haberrecibido tratamientos con hemoderivados entre los años -1995,hubiera sido infectada con el retrovirus de Inmunodeficiencia Humana(HIV), y los virus de Hepatitis B (HBV) y Hepatitis C (HCV), tendránderechos a percibir el beneficio establecido por la presente ley.
El beneficio acordado será extensivo al cónyuge o concubino, conconvivencia pública y continua de más de dos (2) años, y que hubierensido contagiados por ellos con los virus HIV, HBV y HCV. Asimismo seráacordado el beneficio a los hijos de los beneficiarios que hubieransido infectados por los virus HIV, HBV y HCV, por transmisión perinatal.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE.
REGISTRADA BAJO EL Nº 26.850
AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Gervasio Bozzano. Juan H. Estrada.
Cita digital del documento: ID_INFOJU79715